Consultorio de vivienda

Fondo de reservas: qué es y cuándo es obligatorio

Una hipoteca.
Una hipoteca.
bongkarn thanyakij de Pexels.
PREGUNTA

Soy copropietario en un edificio de tan solo seis viviendas. Como somos muy pocos vecinos, las labores de administración de la Comunidad las llevamos a cabo nosotros mismos, sin recurrir a un profesional en la administración de fincas. Este año me ha tocado a mí y, tras examinar los libros veo que no hemos dotado un “fondo de reserva”. ¿Me pueden explicar en qué consiste y si es legalmente obligatorio?

Sí, es legalmente obligatorio. El artículo 9.1 f) de la vigente Ley de Propiedad Horizontal determina que la Comunidad debe dotar un fondo de reserva que en ningún caso podrá ser inferior al 10% del último presupuesto.

Dado su carácter obligatorio, cualquier copropietario estará legitimado para exigir su constitución e, incluso, para recurrir a los tribunales en caso de no ser atendida su petición. Si no disponen de un “remanente” ahorrado por ese importe, deberán aprobar una derrama en cuantía suficiente para cubrir ese mínimo exigible.

Para qué sirve

El fin de este fondo no es otro que el de contar con una partida económica con la que la Comunidad pueda hacer frente a necesidades urgentes o extraordinarias que, precisamente por ese carácter, no puedan esperar la celebración de una Junta o a la toma de acuerdos formales por parte de los vecinos. Dicho de otro modo, se trata de una remesa de dinero para atender contingencias no previstas relacionadas con la conservación, reparación o rehabilitación de la finca.

Lógicamente, cuando se hace uso de este fondo, la partida de reserva habrá de ser repuesta a la mayor brevedad posible fijando la correspondiente derrama hasta alcanzar de nuevo el mínimo legal del 10% del último presupuesto.

En comunidades pequeñas, como la suya, este fondo de reserva constituye sin duda un sobreesfuerzo para los vecinos, pero piense que la Comunidad estará más tranquila sabiendo que cuenta con un remanente para cubrir contingencias no previstas en la vida ordinaria del edificio y sus elementos comunes. Imagine, por ejemplo, que se les estropea la caldera en pleno invierno

La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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