Intereses de demora de un 3,75% 

Hacienda no ha devuelto la Renta a más de 350.000 personas: ¿qué puedo hacer?

Las devoluciones que todavía no han sido pagadas pueden estar en un proceso de comprobación por parte de Hacienda. Además, devolverá el dinero con un 3,75% de intereses de demora a partir de los seis meses.

Hacienda no ha devuelto la Renta a más de 300.000 personas: ¿qué puedo hacer?
¿Qué hacer si Hacienda no me ha devuelto el dinero?
Europa Press

El 1 de enero de 2023 era la fecha máxima que tenía la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) para hacer efectivo el pago a devolver correspondiente al ejercicio de 2021. Lo cierto es que la Hacienda pública tiene seis meses a partir del día en que finaliza el periodo para presentar la declaración de la Renta, que en 2022 arrancó el pasado 1 de junio. 

Agencia Tributaria ha devuelto a cierre del año más de 9.600 millones de euros a cerca de 13,5 millones de contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2021. Pero aún quedan un total de 348.544 contribuyentes que todavía no han recibido su correspondiente devolución, cifra que se extrae de los datos ofrecidos por la propia Agencia Tributaria. Por tanto, en el caso de que sea uno de los afectados a los que aún no le ha devuelto el dinero posterior a esta fecha, deberán abonar los intereses de demora, siempre y cuando no haya recibido una notificación o exista una comprobación sobre tus datos fiscales. 

El caso más probable es que la devolución aún no haya sido pagada porque esté pasando por una comprobación o una revisión particular, según informan desde TaxDown. Sin embargo, en el caso de las declaraciones de la renta de los trabajadores autónomos, la Agencia Tributaria suele ir un paso más allá y analizar posibles irregularidades en la comunicación de los ingresos o los gastos o realizar comprobaciones cuando estos gastos no se correspondan con la actividad profesional correspondiente. También puede haber datos incorrectos, ingresos que no se correspondan con los que maneja Hacienda o gastos que no se hayan reflejado. La lista de motivos de esta comprobación puede ser de lo más variada.

¿Qué hacer si Hacienda no me ha devuelto el dinero?

El primer paso es consultar el estado de la devolución solicitada a través del Servicio de Tramitación del borrador/declaración (Renta WEB), disponible desde la página web de la Agencia Tributaria. Para poder acceder al servicio es necesario introducir el DNI y la fecha de validez de este. También se puede acceder con el DNI electrónico o el certificado digital. En otro caso, también se puede entrar con el DNI electrónico o el certificado digital. 

Una vez dentro de la plataforma, se podrá consultar el estado de la devolución de la Renta. En el caso de que esté en "comprobación", quiere decir que está siendo revisando por la Administración. Si hay algún error, la Agencia Tributaria debe notificar al contribuyente. En caso de que haya transcurrido seis meses y no se haya obtenido la devolución, se pueden hacer dos cosas:

  • Esperar: Si todo es correcto, la Agencia Tributaria acabará devolviendo la Renta. Además, la administración devolverá el dinero con un 3,75% anual de intereses de demora por año a partir de los seis meses. Este porcentaje de interés lo fija el Gobierno en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y no ha variado en los últimos siete años. En cualquier caso, todos los contribuyentes recibirán una notificación por parte de Hacienda informando de los intereses de demora que correspondan en cada caso.
  • Dirigirse a la Administración: Se puede requerir el pago de nuevo a través de un escrito de solicitud de la devolución.

La Campaña de la Renta 2022: la declaración con más cambios

El Ministerio de Hacienda y Función Pública, liderado por María Jesús Montero, presentó en septiembre un paquete de medidas fiscales"orientado a la justicia social y la eficiencia económica", la gran reforma fiscal del Ejecutivo de Pedro Sánchez. Entre las novedades fiscales de cara a la declaración de la Renta de 2022, se encuentran modificaciones de tipos en el IRPF, los límites a las aportaciones a sistemas de previsión social, nuevos impuestos a las grandes fortunas, o los beneficios fiscales incluidos en la Ley de Empresas Emergentes, más conocida como Ley de Startups. 

Si bien es cierto que el cambio más sonoro tiene que ver con la modificación será la reducción por rendimientos del trabajo sobre sueldos brutos entre 15.000 y 21.000 euros, cifra que equivale al salario mediano de España, explican desde TaxDown. Según cálculos del Gobierno de España, esta medida supondrá una rebaja para el 50% de los trabajadores, y conllevará un ahorro de 1.881 millones de euros. Además, no estarán obligados a declarar los contribuyentes que perciban rentas del trabajo de más de un pagador si la suma de dichos rendimientos no supera los 15.000 euros a diferencia de los 14.000 euros anteriores.

Otro punto a tener en cuenta tiene que ver con la deducción por maternidad universal. Hasta el año 2022, esta ayuda iba dirigida solo a las madres trabajadoras que obtenían un máximo de 100 euros mensuales por cada hijo mejor de tres años. A partir de este año, se hará universal, llegando también a todas aquellas madres que no tengan empleo fijo y se encuentren en el paro. Esta medida entrará en vigor el próximo mes de enero de 2023 y tendrá unos beneficios fiscales de algo más de 200 millones de euros, según han indicado desde el Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Las fechas clave de la declaración de la Renta 2022

La Agencia Tributaria ya ha publicado el calendario fiscal de 2023, el conjunto de fechas establecidas durante un ejercicio fiscal, dónde se especifican todas las obligaciones tributarias que tienen los autónomos, empresas, Pymes y personas físicas en España. A partir del 11 abril de 2023, los contribuyentes podrán presentar su declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2022. Un trámite cada vez más ágil gracias a los avances tecnológicos y mejoras del servicio online que incluirá varias novedades para los pagadores, especialmente para los autónomos. 

  • Del 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2022.
  • Del 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 por teléfono (solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio).
  • ​Del 1 a 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio).
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