Permisos retribuidos para familias

Ley de Familias: nuevo permiso de 15 días retribuidos para las parejas de hecho

La nueva Ley de Familias otorga un permiso retribuido a ambos miembros tras formalizar los trámites de unión de hecho, al igual que sucede con los matrimonios.

Ley de Familias: nuevo permiso de 15 días retribuidos para las parejas de hecho
Ley de Familias: nuevo permiso de 15 días retribuidos para las parejas de hecho
©[Erik Mclean] vía Canva.com

Las parejas de hecho y los matrimonios siempre han sido uniones con diferentes derechos y deberes asociados. Ahora, tras la aprobación de la Ley de Familias a finales del pasado mes de marzo, estas primeras han subido un escalón más en la igualdad de permisos posibles. 

Si cuando una pareja se une en matrimonio cada uno de sus miembros dispone de un permiso de 15 días remunerado, que puede empezar a disfrutarse en el siguiente día laboral a la formalización de matrimonio, ahora las parejas de hechos podrán hacer uso del mismo tipo de permiso retribuido. 

Este permiso será también de 15 días para cada uno de los miembros que han formalizado la unión de hecho. Con esta inclusión de las parejas de hecho como posibles solicitantes del permiso retribuido, este tipo de union quedan equiparadas al matrimonio en este sentido. 

15 días de permiso para las uniones de hecho

Los permisos retribuidos por unión matrimonial o de hecho son de 15 naturales y no hábiles, por lo que empiezan a contar el día después de la formalización de la unión siempre que este sea día laboral. Así, si el matrimonio o la unión tienen lugar un sábado, el permiso empezará a computar desde el lunes siguiente.  

Estos permisos se aplican de igual manera para los trabajadores y trabajadoras contratados a tiempo parcial y a tiempo completo. Es también indiferente el tipo de contrato: sea indefinido o temporal, la persona contratada tendrá derecho a disfrutar de estos días de permiso remunerado. 

Trabajadores autónomos y permiso retribuido por matrimonio

La situación cambia, por otro lado, para los trabajadores autónomos, dependiendo también tipo que sean. Si se trata de profesionales autónomos con una cartera de clientes diversificada, no habrá ningún tipo de permiso remunerado disponible: dependerá del profesional decidir cuántos y qué días libres quiere cogerse sin tener que trabajar. 

Sin embargo, en el caso de los trabajadores autónomos dependientes la situación cambia. Este tipo de profesionales son aquellos que perciben el 75% de sus ingresos de un solo cliente o pagador y a ellos les corresponden 18 días hábiles de vacaciones según el Estatuto del Trabajo Autónomo, aunque la empresa no tiene obligación de pagar esos días de vacaciones, así como tampoco puede negarse a que el trabajador falte esos días en el desempeño de sus funciones.  Así pues, los autónomos dependientes pueden reservar parte de esos 18 días hábiles de 'vacaciones' para disfrutar de un viaje posterior a la unión junto con su pareja.

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