Se cumple un año desde su aprobación

La ley del teletrabajo no frena la tendencia a la presencialidad en España

El confinamiento del segundo trimestre de 2020 multiplicó la tasa por seis, hasta el 15,28%, y desde entonces ha ido bajando hasta el 7,89% del segundo trimestre de este año.

Trabajadores ayudándose en la oficina.
La ley del teletrabajo no frena la tendencia a la presencialidad en España.
©[Tempura de Getty Images Signature] a través de Canva.com

El 22 de septiembre del 2020 se aprobó la ley del teletrabajo. Hoy, un año después, la realidad es que, con la consolidación de la campaña de vacunación, cada vez son más las empresas de nuestro país que solicitan a sus empleados que acudan a trabajar de forma presencial

Las cifras actuales ilustran que ese aumento del teletrabajo provocado por la pandemia, se está diluyendo. El confinamiento del segundo trimestre de 2020 multiplicó la tasa por seis, hasta el 15,28%, y desde entonces ha ido bajando hasta el 7,89% que se ha registrado en el segundo trimestre de este año.

En cualquier caso, habrá que esperar a la Encuesta de Población Activa (EPA) del tercer trimestre para constatar la percepción de que la vuelta de las vacaciones del verano ha supuesto un nuevo descenso del teletrabajo, después de que muchas empresas hayan fijado septiembre como fecha de vuelta completa a la oficina.

No obstante, la ley sí que ha servido para que el teletrabajo sea uno de los puntos a tratar a la hora de acordar los convenios colectivos. Precisamente, esas negociaciones son las que invitan a pensar que esta modalidad de trabajo no volverá al nivel casi anecdótico que tenía antes de la pandemia de la COVID-19: tan solo un 2,48% del total de asalariados trabajando más de la mitad del tiempo desde casa en 2019.

El principal hito que ha supuesto la ley en términos laborales es que garantiza la igualdad de trato entre trabajadores a distancia y presenciales, de forma que los primeros no podrán sufrir perjuicio en ninguna de sus condiciones laborales, incluyendo retribución, estabilidad en el empleo, tiempo de trabajo, formación y promoción profesional.

La ley incide además en que el teletrabajo es una forma de organización del trabajo, no de conciliación, para evitar que se perpetúen sesgos de género.

Como principio general la norma establece la voluntariedad y la reversibilidad del trabajo a distancia para ambas partes (empleador y empleado) y fija que las empresas han de proporcionar a sus empleados los medios y herramientas necesarios para teletrabajar y compensar los gastos en los que pudieran incurrir.

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