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Se acerca la paga extra de verano: qué pensionistas no reciben esta retribución

Pese a que la mayoría de pensiones se devengan en 14 pagas, existen excepciones para los que no hay 'paga de Navidad' o la 'extra de verano'.

Una calculadora y billetes de euro.
Se acerca la paga extra de verano: qué pensionistas no reciben esta retribución
Imagen de Alexander Stein en Pixabay.

El próximo mes de junio los pensionistas recibirán la paga extra de verano, la primera de 2021. El importe de las prestaciones siempre es el mismo, salvo en el inicio de verano y la Navidad, cuando reciben el doble del importe habitual gracias a las pagas extraordinarias. De manera habitual, se suelen devengar en 14 pagas -de forma que esos dos meses suponen un impulso económico importante para el pensionista- pero hay excepciones que reciben su pensión únicamente en 12 pagas. 

Es el caso de las pensiones derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional, que se encuentran encuadradas dentro de las prestaciones por incapacidad permanente total. En su caso, no reciben las denominadas 'paga de Navidad' y la 'extra de verano', ya que "las pagas extraordinarias están prorrateadas dentro de las mensualidades ordinarias, al haber sido tenidas en cuenta para el cálculo de la base reguladora de la pensión".

No cobran menos dinero

Es decir, el hecho de no percibir la prestación en 14 pagas no implica que se cobre menos dinero, sino que el importe que recibirían en las pagas extraordinarias se encuentra distribuidas en las mensualidades ordinarias. De hecho, la cuantía mensual de estas pensiones será algo mayor respecto al resto por este motivo.

Esto implica que la 'paga de verano', que el resto de pensionistas reciben completa en el mes de junio, estas pensiones la reparten de diciembre a mayo, ambos inclusive. La extra de Navidad la reciben proporcionalmente mes a mes desde junio y hasta noviembre. 

El resto de prestaciones contributivas, ya sean por jubilación, por fallecimiento (viudedad, orfandad o en favor de familiares) o por incapacidad permanente total, en el caso de enfermedad común y accidente no laboral, se abonan en 14 pagas y se devengan por mensualidades vencidas. Lo mismo ocurre con las prestaciones no contributivas, que pueden ser por jubilación o invalidez, el importe también se distribuye en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año.

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