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Las cinco prestaciones para emigrantes retornados después de trabajar fuera

El Ministerio de Trabajo tiene a disposición de los ciudadanos españoles que vuelven al país distintos tipos de subsidios o ayudas a las que los demandantes se pueden acoger.

Varias personas esperan para entrar en una Oficina de Empleo, el día en que han notificado que el paro ha registrado en 2021 su menor nivel de desempleados en 14 años, a 4 de enero de 2022, en Madrid, (España). Las oficinas de los servicios públicos de empleo registraron en 2021 un descenso de 782.232 desempleados (-20,1%), su mayor caída anual de toda la serie histórica comparable, iniciada en 1996. Hasta ahora, la bajada más pronunciada del paro era la de 2016, cuando se contabilizaron 390.534 desempleados menos. 04 ENERO 2022: INEM;PARO;DESEMPLEADOS;MADRID Eduardo Parra / Europa Press 04/1/2022
Las cinco prestaciones para emigrantes retornados después de trabajar fuera
Europa Press

El número de españoles que residen fuera de las fronteras de nuestro país es una cifra al alza desde los últimos años. Según los datos del Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE), hasta el 1 de enero de 2022, la cantidad total era de 2.74 millones. Un incremento de casi 100 mil personas si se compara con las cifras del 1 de enero de 2021. En el caso de que estos ciudadanos también hayan realizado su trabajo en otro país distinto a España y después de un tiempo decidan regresar a nuestro país, el Servicio Público de Estatal del Empleo (SEPE) les ofrece una serie de prestaciones.

El Ministerio de Trabajo tiene a disposición de los emigrantes retornados cinco tipos de subsidios o ayudas a las que el demandante se puede acoger. Sin embargo, para poder beneficiarte de ellas, deberás cumplir con una serie de requisitos. Las presentaciones disponibles son: un subsidio para personas emigrantes retornadas, una renta de inserción para personas emigrantes retornadas (RAI), un subsidio por desempleo para personas emigrantes retornadas mayores de 52 años, una prestación por desempleo para los ciudadanos que cotizaron a la Seguridad Social antes de emigrar y unas ayudas extraordinarias para personas españolas retornadas.

Subsidio para emigrantes retornados

Se trata de una prestación asistencial al que tienen acceso todos los ciudadanos españoles que hayan vuelto al país después de haber trabajado en el extranjero. Para poder acceder a este subsidio, los solicitantes deben cumplir con una serie de requisitos:

  • Ser una persona desempleada 
  • Haber retornado de países no pertenecientes a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza 
  • Estar inscrito durante un mes como demandante de empleo y mantenerse mientras dure el subsidio 
  • Suscribir el compromiso de actividad 
  • Haber trabajado al menos 12 meses en los últimos seis años desde la última salida de España en países no pertenecientes a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza 
  • No tener derecho al paro Carecer de rentas superiores al 75 % del SMI

RAI para emigrantes retornados

Se trata de una ayuda extraordinaria para personas que tienen gran dificultad para encontrar trabajo y están en una situación de necesidad económica. Las personas emigrantes que regresen a España podrán beneficiarse de esta renta si cumplen con los siguientes requisitos:

  • Estar desempleado, estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad 
  • Tener entre 45 y 65 años 
  • No tener derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo 
  • No tener ingresos propios superiores al 75 % del SMI 
  • Que la suma de ingresos por los miembros de la unidad familiar, dividida por el número de ellos no supere el 75 % del SMI 
  • No haberse beneficiado de la RAI en los 365 días naturales anteriores a la fecha de la solicitud 
  • Haber estado trabajando al menos seis meses en el extranjero desde la última salida de España y haber retornado en los 12 meses anteriores a la solicitud

Subsidio retornados mayores de 52

Se trata de una prestación específica para los ciudadanos que estén desempleados y sean mayores de 52 años. También podrán acceder a este subsidio las personas emigrantes que regresen a España y cumplan con las siguientes demandas:

  • Estar desempleado, estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad 
  • No tener derecho a paro por cotizaciones que estuvieran acumuladas en los seis años previos a su salida de España 
  • Ser una persona trabajador emigrante retornada de países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, Australia o Suiza 
  • Haber cotizado al menos seis años 
  • Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años antes de su salida en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, Australia o Suiza 
  • Carecer de rentas propias superiores al 75 % del SMI

Paro para emigrantes retornados

Los ciudadanos a los se les haya terminado un contrato laboral en el extranjero y decidan regresar a España, podrán recibir una prestación por desempleo. El importe dependerá de la cantidad cotizada y para poder acceder a esta ayuda, los demandantes deben cumplir una serie de requisitos

  • Tener la nacionalidad española 
  • Encontrarse en una situación de desempleo Inscribirse como demandante de empleo y permanecer en esta mientras se percibe la prestación 
  • Haber cotizado 365 días en España dentro de los seis años anteriores a la fecha de emigración 
  • No percibir una prestación por desempleo en ningún país del Espacio Económico Europeo o Suiza 
  • No haber cumplido la edad ordinaria para poder reclamar la jubilación

Ayudas extraordinarias para retornados

Estas ayudas van dirigidas a dar respuesta a las necesidades de los españoles retornados, principalmente por los gastos derivados que supone el regreso a nuestro país. Estas se concederán a los ciudadanos que se encuentren en una situación de necesidad económica que se deberá acreditar mediante un informe de los Servicios Sociales del país en el que se encuentren o por medio de las Subdelegaciones del Gobierno. Para valorar esta situación se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias:

  • Que se perciba unos ingresos mensuales iguales o inferiores al importe del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Para el año 2022 el importe es de 579,02 euros.
  • El número de personas a cargo del solicitante, especialmente si son menores La dificultad para incorporarse al mercado laboral Los gastos por vivienda habitual
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