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¿Puedo elegir al notario para la firma de mi hipoteca?

El Banco de España responde a esta duda sobre la firma de los préstamos hipotecarios y puntualiza cuál es el papel de las entidades bancarias.

¿Puedo elegir al notario para la firma de mi hipoteca?
¿Puedo elegir al notario para la firma de mi hipoteca?
pressfoto a través de freepik

Los notarios no son imprescindibles en las compraventas de viviendas privadas, aunque sí deben estar presentes por ley si para la compra del inmueble es necesario firmar un préstamo hipotecario. Además, entre sus muchas funciones se encuentra la de ser asesor de manera completamente imparcial respecto a los intereses de cada una de las partes firmantes.

El notario facilita la comprensión de las cláusulas de la escritura pública de la vivienda que se va a comprar y de las condiciones del préstamo hipotecario. Con la actual Ley Hipotecaria, el comprador realiza dos visitas el notario. La primera es antes de firmar y en esta cita se le explica y asesora sobre las condiciones de la hipoteca que se va a firmar. El notario, en esta sesión, revisa toda la documentación con el comprador y se encarga de despejar todas las dudas posibles que existen sobre el tema. 

La segunda cita, obviamente, se firman estos contratos en presencia del comprador, el vendedor del inmueble y la entidad bancaria. En esta segunda ocasión, se firma primero el contrato de compraventa ente vendedor y comprador y, después, el comprador y la entidad bancaria firman las condiciones del préstamo hipotecario. 

El comprador puede elegir al notario con total libertad

Así pues, el papel del notario es importante durante la compraventa de un piso con un préstamo hipotecario de por medio. ¿Cómo se escoge a este representante público si tenemos que firmar una hipoteca? El Banco de España hace alusión a la ley 5/2019 de contratos de crédito inmobiliario, donde se establece que "los consumidores disponen de libertad para elegir notario tanto en la firma como en la cancelación del préstamo hipotecario". 

Así pues, las entidades bancarias o crediticias no pueden escogerlo, ni directa ni indirectamente, aunque puedan aconsejar al comprador de la vivienda sobre algún notario con el que estén acostumbrados a trabajar si el interesado no conoce ninguna notaría de confianza.

Los gastos de notaría a la hora de comprar inmueble y firmar una hipoteca recaen sobre el vendedor y el banco en uno y otro caso, mientras que el comprador solo tendrá que abonar la copia que le corresponda de cada contrato y documento firmado.

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