Finanzas personales

Qué es la venta de la casa en nuda propiedad para aumentar el dinero de la pensión

Cuando llega la edad de la jubilación hay muchos que buscan fórmulas para incrementar el importa de la pensión pública. Si tienes una casa en propiedad tienes varias opciones. 

Vender la casa en nuda propiedad para aumentar el ingreso de la pensión llega a España
Vender la casa en nuda propiedad para aumentar el ingreso de la pensión llega a España
Foto de Nico Becker / Pexels

Cuando llega la edad de la jubilación son muchos los que van a recibir una pensión que pueden considerar insuficiente. En España hay productos de ahorro que prevén esta situación, pero los españoles optan en muchas ocasiones por el ladrillo a la hora de ahorrar durante toda su vida. Llegado ese punto hay varias formas para convertir en dinero ese ladrillo. Una de ellas es a través la venta de la nuda propiedad que consiste en que el pleno propietario de una vivienda puede ceder la titularidad de la misma y retener su uso y disfrute.

¿Qué es la venta de la nuda propiedad de una casa?

La venta de la nuda propiedad descansa en un principio jurídico por el cual es posible escindir la plena propiedad de una vivienda en dos derechos: el derecho a ser titular de un bien (nuda propiedad) y el derecho a su uso y disfrute (usufructo). En este sentido, el pleno propietario de una vivienda puede vender la titularidad de la misma y retener su uso y disfrute. Con este producto, el propietario de la vivienda puede obtener en torno a un 30- 75 % del valor de mercado de su inmueble, en función de su edad. Así lo recoge Mapfre en su guía 'Vivienda y pensión: Guía para monetizar la vivienda y mejorar tu pensión'.

¿Cómo funciona la nuda propiedad?

El propietario del inmueble ofrece la venta de la nuda propiedad a través de un intermediario, como una inmobiliaria o un despacho de abogados. El inversor compra la nuda propiedad de la vivienda mediante el pago de una suma única. Por su parte, el vendedor de la nuda propiedad (usufructuario) retiene el uso y disfrute del inmueble. Al fallecimiento del usufructuario, el nudo propietario adquiere la plena propiedad sobre la vivienda. Los herederos del usufructuario no tienen derecho alguno sobre el inmueble.

Fiscalidad

- El usufructuario (antiguo propietario) deberá tributar en el IRPF por la ganancia patrimonial generada por la transmisión de la nuda propiedad. Estará exento si es mayor de 65 años y vende la nuda propiedad de su vivienda habitual.

- Si la venta de nuda propiedad es de una segunda vivienda, no hay exención salvo si se cumplen condiciones muy estrictas de vulnerabilidad financiera.

- La legislación permite, asimismo, la exención de tributación en el caso de personas que se encuentren en situación de dependencia severa o gran dependencia, siempre que se lleve a cabo de conformidad con la regulación financiera relativa a los actos de disposición de bienes para asistir a las necesidades económicas de vejez y de dependencia.

- Si la venta de la nuda propiedad se recibe en forma de renta vitalicia, existe una exención del 92% de los importes periódicos para los mayores de 70 años. En caso de una renta temporal, la exención es algo menor (75-88 %).

- El comprador de la nuda propiedad deberá abonar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales, tanto en el momento de la adquisición de la nuda propiedad, como en el momento de extinción del derecho del usufructuario. Recuerde que cada  comunidad autónoma tiene normativa específica de gravámenes sobre este tributo.

- La plusvalía municipal corre a cargo del vendedor. No obstante, si el vendedor es mayor de 65 años y vende su vivienda habitual, está exento del pago.

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