Durante 3 años

Requisitos para deducir hasta 900 euros en el IRPF por tener hijos en Madrid

Una de las estrategias que lanzó Ayuso en enero de este año fue introducir una serie de ayudas y descuentos fiscales para las familias con niños.

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Niños.
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Desde el 1 de enero de este año, las madres menores de 30 años que residan en la Comunidad de Madrid pueden solicitar a un complemento de maternidad dotado de 500 euros mensuales. Eso sí, esta ayuda se otorga desde el quinto mes de embarazo y hasta el niño o niña cumpla los dos años. Igualmente, la cuantía aumenta por cada niño adicional cuando se traten de gestaciones, nacimientos o adopciones múltiples. En total, se conceden de manera directa un total de 14.500 euros para dichas madres.

Uno de los puntos más criticados sobre esta medida son los requisitos que deben cumplir las solicitantes. En primer lugar, por la limitación de edad y por la necesidad de acreditar que han estado empadronadas en una o varias localidades de la Comunidad de Madrid, durante al menos los diez años anteriores a la fecha de solicitud. Según han informado desde la administración, ya se han concedido 1.700 de estas subvenciones directas, pero esta no es la única estrategia.

En una actualización de las medidas para fomentar la natalidad, que se prolongarán hasta el año 2026, también ha incluido una serie de deducciones en el IRPF por el nacimiento, adopción o acogimiento de hijos. Según los cálculos de la Comunidad de Madrid, esta podrá llegar a los 2.100 euros. En este caso, su duración se extiende durante tres años y es necesario cumplir una serie de requisitos para poder tener acceso a la rebaja fiscal.

Condiciones para acceder

Tal y como mencionábamos anteriormente, estas deducciones se aplicarán por un periodo de tres años. En el caso de los nacimientos o adopciones, será de 700 euros anuales, mientras que quienes lo hagan por acogimiento familiar de un menor podrán reducirse entre 600 y 900 al año en su Renta. Para que la aplicación sea efectiva, tendrán que cumplir los siguientes requisitos: 

  • La suma de la base imponible general y la del ahorro no debe ser superior a 30.000 euros en tributación individual o a 36.200 euros en tributación conjunta.
  • La suma de las bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar de la que el contribuyente pueda formar parte no será superior a 60.000 euros.
  • En el caso de los acogimientos familiares, la suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente, no debe ser superior a 25.620 euros en tributación individual o a 36.200 euros en tributación conjunta.

Estas no son las únicas medidas, dentro del paquete de ayudas se contemplan otras como incentivos de hasta 2.000 euros para contratar a personas empleadas del hogar que cuiden a los menores o dependientes, 5.400 nuevas plazas públicas en guarderías; un incremento hasta los 2.658 euros anuales del cheque-educación; la ampliación de la Red de Atención Temprana para reducir la lista de espera; ayudas a entidades que trabajan con mujeres embarazadas sin recursos y madres con niños de cero a 3 años, así como para el alquiler y la compra de vivienda.

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