Lo exige Transparencia

Ribera dará explicaciones sobre el límite del aire acondicionado un año más tarde

Transición Ecológica deberá entregar una copia de los informes técnicos o científicos en los que se apoyó para prohibir el uso del aire acondicionado por debajo de los 27 grados bajo el plan de ahorro y eficiencia energética.

La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera.
Ribera tendrá que dar explicaciones sobre el polémico límite del aire acondicionado.
Marta Fernández / Europa Press

El Ministerio para la Transición Ecológica tendrá que desvelar los "informes técnicos o científicos" en los que se apoyó para prohibir el uso del aire acondicionado por debajo de una determinada temperatura y obligar a establecimientos comerciales a apagar escaparates e instalar sistemas de cierre automático de puertas bajo el plan de ahorro y gestión energética en climatización, aprobado en agosto del año pasado con el objetivo de reducir el consumo en el contexto de la invasión de Rusia a Ucrania.

Así se lo exige el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) tras haber desoído la petición de un solicitante que se remonta al 2 de agosto de 2022. En concreto, el departamento que dirige Teresa Ribera no ha respondido al solicitante en el plazo máximo legalmente establecido de un mes sin que conste causa o razón que lo justifique. Este plazo puede ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario y previa notificación al interesado.

"Es obligado recordar a la Administración que la observancia del plazo máximo de contestación es un elemento esencial del contenido del derecho constitucional de acceso a la información pública, tal y como el propio legislador se encargó de subrayar en el preámbulo de la LTAIBG al manifestar que con el objeto de facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública la Ley establece un procedimiento ágil, con un breve plazo de respuesta", señala el CTBG en la resolución consultada por este medio.

27 grados en verano

En concreto, bajo el plan del Ejecutivo se limitó a 27 grados el uso del aire acondicionado en verano y a 19 grados la calefacción en invierno en edificios públicos, espacios comerciales y grandes almacenes, infraestructuras de transporte (aeropuertos y estaciones de tren y autobús), espacios culturales y hoteles, y se tienen que apagar las luces de escaparates y edificios públicos que estén desocupados a partir de las 22.00 horas. Todas estas medidas están en vigor hasta el 1 de noviembre de este año. 

Por su parte, centros sanitarios y hospitalarios, de formación (colegios, universidades o guarderías), lavanderías, peluquerías, gimnasios y los medios de transporte en sí (trenes, aviones, aeropuertos, barcos…) quedaron excluidos de la obligatoriedad de limitar la temperatura. Además, tampoco se les impuso a aquellos centros donde sea necesario por las especificidades del sector, así como en el caso de las habitaciones de los hoteles, que son de regulación privada. En el resto del hotel (por ejemplo, restaurantes, cafetería, espacios comunes) sí se deber aplicar.

De este modo, los límites de temperatura se fijaron para establecimientos habitables que estén acondicionados, situados en los edificios y locales destinados a uso administrativo (incluyendo plantas o zonas de oficinas, vestíbulos generales y zonas de uso público), comercial (tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares) y cultural (teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares), así como en establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas, restauración (bares, restaurantes y cafeterías) y transporte de personas (estaciones y aeropuertos).

Los bares y los restaurantes gozan de algo más de flexibilidad y pueden limitar el uso del aire acondicionado al "entorno de los 25 grados", teniendo en cuenta las recomendaciones de la legislación laboral. Los comercios y establecimientos deben justificar cuando no aplican el límite de temperatura en el termostato. En lo que respecta a las luces de los escaparates, los comercios tienen que bajar los plomos a partir a de las 22.00 horas. Esta medida se aplica exclusivamente al alumbrado de escaparates y de edificios públicos que a dicha hora estén desocupados, por lo que no afecta al alumbrado ornamental.

Asimismo, los establecimientos deben disponer de carteles, señales o pantallas  que informen de las medidas que se estén aplicando y de cómo contribuyen al ahorro energético. La información tiene que incluir la temperatura y la humedad. También pueden comunicar otras medidas que estén adoptando voluntariamente y los carteles deberán ser visibles desde la entrada o acceso de los edificios. Todas estas medidas también están vigentes hasta noviembre.

Por otro lado, los locales tienen la obligación de disponer de un sistema de cierre de puertas automático. No pueden tener  así la puerta abierta mientras funciona el aire acondicionado o la calefacción. Esto se aplica en edificios y locales con acceso desde la calle. En este apartado no se consideran exclusiones, salvo que la legislación de seguridad que aplique al edificio o local impida cumplirla. Los establecimientos tenían de tope hasta el 30 de septiembre para dotarse del mecanismo. El Gobierno puso en marcha una línea de ayudas de 100 millones de euros para las empresas de servicios.

Mostrar comentarios