Se deben cumplir ciertos requisitos

Todas las ayudas para parados de larga duración: así puedes cobrar 430 euros

La prestación por desempleo dura, como máximo dos años, pero quienes permanezcan sin trabajo durante más años y carezcan de recursos pueden solicitar otras rentas.

La OCDE cree que en España faltan incentivos para que los parados acepten empleos
Todas las ayudas para parados de larga duración: así puedes cobrar 430 euros
 EFE

La prestación por desempleo, a la que se tiene derecho si se ha cotizado un mínimo de un año, permite a los trabajadores que se queden en paro no quedarse sin ingresos. Sin embargo, esta ayuda no dura para siempre y solo se podrá mantener un máximo de dos años, siempre que el trabajador haya cotizado seis años o más. Si se ha cotizado el mínimo de 360 días, la prestación se recibe durante 120 días. Esta duración no siempre es suficiente, especialmente cuando el desempleo se extiende en el tiempo y el trabajador pasa a ser desempleado de larga duración. En esos casos, el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) reconoce otras ayudas a los parados sin ingresos con los que pueden ingresar 430 euros al mes. 

Las ayudas que recoge el SEPE están destinados a los desempleados sin recursos, por tanto, con independencia de otros requisitos, de manera general se exige no tener ingresos mensuales propios superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), es decir, deberán ser inferiores a 712 euros mensuales. Además, se exige  no tener cumplida la edad que permita acceder a la pensión de jubilación, en sus modalidades contributiva o no contributiva.

Renta activa de inserción

Una de las ayudas es la renta activa de inserción (RAI), destinado de manera específica a los parados de larga duración mayores de 45 años, siempre que antes se acrediten al menos tres acciones de búsqueda activa de empleo (BAE). Además, el beneficiario deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber extinguido una prestación contributiva o subsidio por desempleo, salvo por sanción.
  • No tener derecho a las prestaciones o subsidios de desempleo o a la renta agraria.
  • Estar inscrito o inscrita ininterrumpidamente en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más meses. 

Para cumplir el último requisito, estar inscrito de manera ininterrumpida durante al menos 12 meses, hay que tener en cuenta en qué situaciones se interrumpe la demanda de empleo. Se considera interrumpida la demanda si se ha trabajado un período acumulado de 90 o más días en los 365 anteriores a la fecha de solicitud de incorporación al programa de renta activa de inserción o si se ha salido al extranjero. 

En cambio, no se considerará interrumpida la inscripción por trabajo inferior a 90 días y cuando se acredite que la salida al extranjero ha sido por una estancia igual o inferior a 15 días y se ha producido por matrimonio, nacimiento de un hijo, fallecimiento o enfermedad grave del cónyuge o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o por cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.

Si se cumplen los requisitos anteriores, el solicitante puede ingresar la RAI durante un máximo de 11 meses. La cuantía mensual de esta ayuda es el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este año el importe equivale a 430 euros

Subsidio extraordinario por desempleo

Otra de las ayudas a las que pueden recurrir los parados de larga duración es el subsidio extraordinario por desempleo (SED). A esta prestación tienen derecho los parados de larga duración que "hayan agotado prestaciones por desempleo, PREPARA, o RAI y estuvieran inscritas como demandantes de empleo el 01/05/2018". Pero también se dirige a los desempleados que "hayan extinguido en último lugar por agotamiento cualquiera de los subsidios por desempleo previstos en el artículo 274 de TRLGSS a partir del 05/07/2018 y quienes lo hayan agotado entre el 01/03/2018 y el 04/07/2018".

La duración máxima de esta ayuda es de 180 días y no podrá percibirse en más de una ocasión, mientras que la cuantía, al igual que la RAI, será igual al 80% del IPREM, es decir, 430 euros. 

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