Más margen en para los afectados por el desplome de los títulos del Banco Popular. El plazo para reclamar por las acciones de la entidad se ha prolongado hasta el 28 de agosto de este año, a causa de la Covid. La crisis sanitaria ha ocasionado la suspensión de todos los plazos de prescripción y caducidad que supuso el decreto del estado de alarma decretado desde el 14 de marzo, según ha informado Rúa Abogados. El domingo se cumplirán tres años desde que el proceso de Banco Popular fue resuelto por la Junta Única de Resolución (JUR) y adquirido por Banco Santander por un euro el 7 de junio de 2017, una decisión que provocó que los accionistas perdiesen todo el valor de sus inversiones.
La fecha debía coincidir con el plazo de prescripción de tres años para ejercitar las principales acciones para reclamar, como la responsabilidad del emisor y la responsabilidad del folleto que regula la ley del mercado de valores.
Una ampliación de 82 días
Sin embargo, el real decreto por el que se declaró el estado de alarma el pasado 14 de marzo por la situación excepcional como consecuencia del coronavirus declaró la suspensión de todos los plazos de prescripción y caducidad. Dicha suspensión finaliza este jueves, 4 de junio, y amplía todos los plazos de prescripción y caducidad en 82 días, de manera que el plazo para que los afectados de Banco Popular reclamen sus inversiones finalizará el próximo 28 de agosto de 2020.
Desde Rúa Abogados, despacho que asesora a más de 9.000 afectados de Banco Popular, recomiendan que, sin perjuicio de la ampliación del plazo, "la opción más garantista para los afectados que todavía no han iniciado sus reclamaciones es interrumpir la prescripción".
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