Autoridad de Defensa del Cliente Financiero

Calviño cede ante Garzón para evitar un cisma por el 'ombudsman' financiero

El nuevo anteproyecto de ley incluye dos artículos, en los que Economía realiza un guiño al Ministerio de Consumo, que aboga por la colaboración interministerial en el defensor del pueblo del sector bancario.

Nadia Calviño y Alberto Garzón
Nadia Calviño y Alberto Garzón
La Información.

El Ministerio de Economía ha sellado con concesiones su plan para defender al cliente financiero. El ministerio dirigido por Nadia Calviño dotará de poderes a la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, pero no será omnipotente. El Ministerio de Consumo de Alberto Garzón (Unidas Podemos) y las diferentes autonomías tendrán la capacidad de coordinarse con esta autoridad independiente, que verá la luz próximamente, tras superar la fase de audiencia pública y hacer lo propio próximamente en la etapa de tramitación parlamentaria. 

El papel de Consumo se ha plasmado en la redacción de dos artículos de esta nueva arquitectura legislativa, cuya misión principal es resolver todas las reclamaciones de aquellos clientes que hayan resultado insatisfechas. El anteproyecto de la nueva ley, al que ha tenido acceso La Información, añade en su artículo 30, dedicado a la colaboración con otras autoridades y órganos administrativos, que esta entidad deberá "comunicar los hechos o conductas a las autoridades supervisoras o de consumo con competencia sancionadora".  

Con el mismo espíritu, el anteproyecto introduce otra modificación al artículo 51, relativo a la comunicación de posibles infracciones. En esta ocasión, el texto incorpora que la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero, no solo debe comunicar "toda la información pertinente" a la autoridad supervisora cuando "tenga conocimientos de hechos que pudieran constituir infracciones de normas de conducta". Estas irregularidades, de acuerdo a la nueva redacción, también deberán trasladarse a cualquier "organismo de consumo" competente.

Las fuentes consultadas señalan que en la redacción del texto final ha sido sumamente importante el encaje con la Ley de Resolución Alternativa de Litigios en materia de consumo (Ley 7/2017), sobre todo por los riesgos de colisión en su objetivo común. Esta regulación, que tiene más de cuatro años de vigencia y llegó con motivo de la transposición de una directiva europea, tenía como meta articular un sistema de reclamaciones extrajudiciales como el que tienen otros países del Viejo Continente.

Cualquier reclamación no satisfecha para un cliente y que no supere los 20.000 euros será vinculante para la entidad financiera infractora

Esta normativa dio carta de naturaleza a la creación de este 'ombudsman', a través de una disposición adicional. Este apartado legislativo dictaba que se debía crear antes una única entidad con competencias para poder resolver litigios de consumo en el sector financiero. Ahora, la convivencia de todas estas autoridades ha hecho necesarios nuevos ajustes en la letra pequeña del nuevo anteproyecto elaborado por el Ministerio de Economía. 

Sanciones para bancos y clientes

En otro orden de cosas, el proyecto de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero destaca en materia de sanciones. La cifra más impactante es la de 20.000 euros, que marca el umbral a partir del que cualquier reclamación de un importe igual o inferior será vinculante para la entidad financiera. Dicho de otro modo, la infractora estará obligada a acatar la decisión y cumplir con el fallo en un plazo de treinta días hábiles.

La ley, sin embargo, también incluye sanciones para aquellos clientes que actúen con temeridad. En este caso, las multas serán de 1.000 euros, siempre y cuando se observe “temeridad o mala fe en la interposición de la reclamación” y, al mismo tiempo, su demanda se desestime en su totalidad. El texto recoge que la cuantía puede oscilar y se determinará en función los "perjuicios derivados de la reclamación”.

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