Para la transparencia en la financiación

El Tribunal de Cuentas exige poner coto a las ayudas para campañas electorales

La institución ha presentado una moción con 44 propuestas para regular los plazos y las cuantías de los microcréditos que usan los partidos políticos y restringir las donaciones por parte de las empresas.

El Tribunal de Cuentas insta a eliminar las donaciones de empresas en campaña.
El Tribunal de Cuentas exige poner coto a las ayudas para campañas electorales.
Europa Press

Enriqueta Chicano, presidenta del Tribunal de Cuentas, ha presentado ante la Comisión Mixta (Congreso-Senado) una moción que aprobada por la institución con 44 propuestas para mejorar la legislación sobre financiación de las formaciones políticas, entre ellas se propone regular plazos y cuantías de los microcréditos que usan los partidos y acabar con las donaciones de personas jurídicas que se puedan utilizar para la financiación de campañas electorales.

En esa moción, aprobada motu proprio por el Tribunal en el verano de 2021, se señala la existencia de una "disparidad" en la regulación de las aportaciones a los partidos políticos en la Ley Orgánica de Financiación de Partidos y en la Ley Electoral y propone unificar ambas legislaciones en este asunto.

En concreto, la ley relativa a la financiación ordinaria de los partidos prohíbe las donaciones procedentes de personas jurídicas y de entes sin personalidad jurídica, pero la Ley Electoral sí las permite en este ámbito, siempre que se ingresen en las cuentas electorales, con el mismo límite que las aportaciones de las personas físicas (10.000 euros por proceso electoral).

"Este diferente tratamiento legal ha venido ocasionando importantes disfunciones en la gestión de las formaciones políticas", argumenta el Tribunal de Cuentas, que aboga por prohibir las donaciones de personas jurídicas también en los procesos electorales, convencido de esto reforzaría la "transparencia en la financiación de las campañas electorales y la eficacia de su control" por parte de la institución.

En la moción el tribunal recuerda también que la regulación de la financiación privada a los partidos políticos presenta distintos límites para las donaciones privadas según vayan destinadas a su financiación ordinaria (50.000 euros) o electoral (10.000 euros). A su juicio, eso da lugar en la práctica a una limitación cuantitativa fácilmente eludible en el ámbito electoral, en la medida en que una donación superior a 10.000 euros destinada a una campaña electoral podría canalizarse como financiación privada de la actividad ordinaria y, posteriormente, dedicarse a financiar gastos electorales a través de aportaciones del partido a la cuenta electoral.

Limitación de ingresos en efectivo

El tribunal también plantea mejoras en la trazabilidad del origen y el destino de la financiación privada de las formaciones políticas, por ejemplo, limitando los ingresos en efectivo, justificando documentalmente el origen del dinero y exigiendo una declaración jurada a los donantes donde hagan constar que no tienen contratos con el sector público.

Como viene haciendo desde la aparición en 2014 de las denominadas fórmulas de financiación participativa, el fiscalizador recalca la necesidad de regular las microdonaciones (crowdfunding) y microcréditos a los partidos, pues aun siendo fórmulas legales, Chicano ve conveniente introducir más detalles para evitar confusiones.

Para los microcréditos (cantidades que luego se devuelven) defiende establecer al menos, las siguientes condiciones esenciales: una cuantía máxima por prestamista que no exceda del límite máximo previsto, en cada caso, para las donaciones o aportaciones privadas; el tipo de interés aplicable y las condiciones y plazos de devolución; así como que los mismos sean ingresados en las cuentas bancarias que se establezcan al efecto.

También plantea que se prohíba hacer microcréditos a personas jurídicas y entes sin personalidad jurídica y que, en todo caso, si el prestamista renuncia a la devolución lo haga por escrito y que esa cantidad pase a ser considerada una donación a todos los efectos.

Financiación por merchandising

En otro de los puntos de la moción se aboga por regular las condiciones para la recaudación y el ingreso de los recursos económicos que logran los partidos a través de actos promocionales y de la venta de merchandising así como de participaciones de lotería o rifas, pues dado el reducido precio de esos artículos resultan muy difíciles de controlar, según ha señalado Enriqueta Chicano. "Todo lo que sea claridad es bueno para ustedes", avisa la presidenta.

"Todo lo que sea claridad es bueno para ustedes"

En lo relativo a las fundaciones vinculadas a los partidos políticos, el tribunal insiste en que deberían imponerse para su financiación los mismos requisitos y limitaciones que rijan para los partidos. Para fomentar la inscripción de estas fundaciones en el Registro de partidos políticos, el tribunal propone que no puedan solicitar subvenciones si no están inscritas.

La moción insta, asimismo, a especificar y delimitar mejor las categorías de gastos electorales y a precisar el ámbito temporal en el que se puede llevar a cabo cada uno de aquellos, especificando, al menos, los gastos que pueden tener lugar en la precampaña y los que, con carácter excepcional, se puedan realizar con posterioridad a la finalización de la campaña.

El tribunal también reitera su invitación a repensar el sistema de 'mailing' electoral, dado que todas la papeletas están en los colegios. Apuesta por buscar fórmulas que aprovechen las nuevas tecnologías, reduzcan costes y no perjudiquen al medio ambiente.

Perfilar el régimen sancionador

En lo referente al régimen sancionador, pide introducir un nuevo supuesto infractor para sancionar a quienes no presenten contabilidad detallada y documentada de los respectivos ingresos y gastos electorales u ordinarios, lo hagan de forma incompleta o fuera de plazo, impidiendo su fiscalización.

Aboga, asimismo, por sancionar la falta de un sistema de auditoría o control interno y la inexistencia informes que se recojan los principales resultados y conclusiones del mismo. Por último, el tribunal plantea favorecer una mayor proporcionalidad, adecuación e idoneidad de las sanciones a la relevancia de las irregularidades sancionables y de su cuantía, fomentando con ello el pluralismo político.

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