Dos acusados fallecieron

Condenas de hasta 15 años para la red Gürtel por la visita del Papa a Valencia

La sentencia donde rechaza deducir testimonio contra el expresidente valenciano Francisco Camps, como solicitó la Fiscalía.

Los acusados Álvaro Pérez "El Bigotes" (i), Francisco Correa (c) y Pablo Crespo (d) al comienzo del juicio por la supuesta contratación irregular de una empresa de Gürtel para actos celebrados por la visita del papa Benedicto XVI a Valencia en 2006.
Álvaro Pérez 'El Bigotes', Francisco Correa y Pablo Crespo al comienzo del juicio
Pool | EFE

La Audiencia Nacional ha impuesto penas de hasta 15 años y 5 meses de cárcel a los principales responsables de la trama Gürtel por la visita del papa Benedicto XVI a Valencia en 2006 en una sentencia donde rechaza deducir testimonio contra el expresidente valenciano Francisco Camps, como solicitó la Fiscalía.

En su resolución, de 556 páginas y a la que ha tenido acceso EFE este miércoles, el tribunal fija la mayor condena (15 años y 5 meses) para el exdirigente del PP gallego Pablo Crespo. Al líder de la red, Francisco Correa, le impone 13 años y 7 meses de prisión; y a Álvaro Pérez, el Bigotes, 6 años y 9 meses. Los tres estaban ya condenados por otras piezas del caso.

También condena a 6 años y 9 meses al exdirector de la Radiotelevisión Valenciana (RTVV) Pedro García Gimeno, y a 11 y 7 meses al vicepresidente de la empresa Teconsa José Luis Martínez Parra, en una sentencia en la que impone penas de prisión a 19 de los 23 acusados. Al exdirector de Repsol y asesor de la red Ramón Blanco Balín le impone, por su parte, 1 año y medio de prisión.

Dos de las procesadas han sido absueltas tras retirar la Fiscalía la acusación contra ellas, mientras que otros dos fallecieron: el expresidente de las Cortes Valencianas y ex director general de la Policía Juan Cotino; y Luis Sabater, exdirectivo de RTVV.

La Fiscalía pidió que se ordenase investigar a Camps y a otros testigos por falso testimonio al considerar que faltaron a la verdad en sus declaraciones, pero el tribunal rechaza su petición, que considera genérica, y recuerda que el expresident está imputado en otra causa por adjudicaciones de la Generalitat, de modo que tenía derecho a no declarar sobre lo que le pudiese afectar a su defensa. En cualquier caso, afirma que su testimonio no tuvo "relevancia alguna" en esta causa.

Pantallas, sonido y megafonía

La Audiencia Nacional ha juzgado en esta rama del caso Gürtel la adjudicación ilegal al grupo de Correa del contrato de suministro de pantallas, sonido y megafonía para la visita del papa Benedicto XVI a Valencia para el V Encuentro de la Familia, en julio de 2006.

Tras el juicio, considera probado la comisión de múltiples delitos como prevaricación, malversación, fraude, cohecho y blanqueo, entre otro, y aplica varios atenuantes (dilaciones indebidas y reparación del daño y confesión) a petición de la Fiscalía que rebajan las penas solicitadas.

De los 22 acusados, 11 de ellos reconocieron esencialmente los hechos y los 12 restantes los negaron; Pablo Crespo, por su parte, se negó a declarar. Aunque la Sala condena a la Fundación V Encuentro Mundial de la Familia como partícipe a título lucrativo, ya no existe obligación de pago porque este ente y RTVV están extinguidos y porque la Generalitat valenciana asumió sus deudas.

Tras valorar las pruebas, el tribunal concluye que el director general de la RTVV adjudicó directamente a Teconsa, empresa interpuesta por el grupo Correa, un contrato de suministro de pantallas, sonido y megafonía con finalidad de enriquecimiento ilícito por el sobrecoste de 3,2 millones de euros pagado.

El contrato se firmó por un precio excesivo, con la colaboración de los empleados públicos de RTVV, y se dotó de apariencia de legalidad; después, el dinero que cobró Teconsa se canalizó hacia los distintos beneficiarios a través de un entramado de facturas ficticias e irregulares.

La Sala considera que los acusados participaron en una ficción al servicio del fraude y sostiene que Correa, Crespo, Pérez Alonso y García Gimeno se concertaron para que se contratase a Teconsa y consiguieron que la Fundación, que organizaba el encuentro, firmara un convenio con RTVV por el que le cargaron el coste de una contratación que no le correspondía.

Esta contratación fue, a juicio de la Sala, claramente ilegal dado que primero se acordó la adjudicación y después se confeccionó el expediente de contratación, y se hizo por un importe de 7,4 millones con IVA, muy superior al coste de los trabajos necesarios, que el tribunal estima en 3,2 millones de euros, según las pruebas aportadas en el juicio.

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