El Rey propone a Pedro Sánchez como candidato a la Presidencia del Gobierno

  • El líder del PSOE intentará sumar los apoyos necesarios para poder ser investido. Dos opciones: con Unidas Podemos o con Ciudadanos.
Meritxell Batet, antes de reunirse con el rey Felipe VI
Meritxell Batet, antes de reunirse con el rey Felipe VI
EFE/JuanJo Martín

El Rey ha propuesto a Pedro Sánchez como candidato a la Presidencia del Gobierno. El anuncio ha sido realizado por la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, tras la ronda de consultas de Felipe VI con quince representantes políticos, unas audiencias que se han desarrollado este miércoles y jueves en Zarzuela.

La propuesta de investidura del monarca llega sin que Sánchez haya iniciado aún los contactos con el resto de fuerzas políticas para conseguir los apoyos necesarios. Efectivamente, no ha habido negociaciones, ni públicas ni privadas, de cara a una investidura que deberá cerrarse en primera votación por mayoría absoluta y en segunda votación por mayoría simple.

Decreto firmado por el Rey

Ahora será la propia Batet quien acuerde con Pedro Sánchez la fecha del pleno de investidura. Es potestad de la presidenta del Congreso decidir ese momento: "En cumplimiento de las previsiones establecidas en el artículo 99 de la Constitución, y una vez recibida en el Congreso la propuesta de candidato a la Presidencia del Gobierno, el Presidente de la Cámara convocará el Pleno", se puede leer en el artículo 170 de la Carta Magna.

"La propuesta de su Majestad inicia el proceso de investidura del candidato y la fecha del pleno tendrá que ser hablada previamente con el candidato que tiene que empezar a sumar los apoyos para que el proceso de investidura llegue a buen puerto. En todo caso la fecha de la investidura esta presidencia se lo comunicará a todos los portavoces parlamentarios y todos los grupos políticos con representación en el Congreso de los Diputados", ha indicado Batet en una breve comparecencia en la cámara baja.

Cómo será la sesión de investidura

El artículo 99 de la Constitución regula cómo será la sesión de investidura de Sánchez: "El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara".

A continuación, "si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple".

"Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores", prosigue el texto constitucional.

"Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso".

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