El Supremo archiva la querella contra alcalde de Valdepeñas por prevaricación

  • El Tribunal Supremo ha acordado el sobreseimiento libre y archivo definitivo de la causa penal seguida contra el alcalde de Valdepeñas y senador, Jesús Martín (PSOE), por la querella interpuesta por una supuesta prevaricación en la adjudicación de una plaza de arqueólogo.

Valdepeñas (Ciudad Real), 4 mar.- El Tribunal Supremo ha acordado el sobreseimiento libre y archivo definitivo de la causa penal seguida contra el alcalde de Valdepeñas y senador, Jesús Martín (PSOE), por la querella interpuesta por una supuesta prevaricación en la adjudicación de una plaza de arqueólogo.

En la resolución que fue notificada ayer, el alto tribunal considera que no existe el delito de prevaricación administrativa ni de desobediencia a las decisiones judiciales atribuibles al alcalde como denunció el arqueólogo Luis Benítez de Lugo, quien tendrá que pagar las costas procesales

Según ha informado el Ayuntamiento de Valdepeñas, el auto del Supremo desestima íntegramente los recursos de apelación interpuestos por Benítez de Lugo y por el Ministerio Fiscal frente al auto de 24 de junio de 2013, que disponía, igualmente, el sobreseimiento y archivo del proceso.

Esta resolución pone fin a la causa penal y en la misma se insiste en que las actuaciones desplegadas por el alcalde querellado en el proceso de concurso-oposición para cubrir la plaza de arqueólogo municipal en el año 2005 fueron realizadas "por unanimidad de todos los miembros del Consistorio".

Además, considera que las actuaciones fueron "consensuadas por todos los sindicatos y los representantes de los trabajadores".

Respecto a los hechos imputados en la querella, el auto recoge que queda patente "la inexistencia de una perseverancia en quebrantar el deber de obedecer las resoluciones judiciales", dado que las bases publicadas en el año 2002, luego anuladas, "no fueron aprobadas por el actual alcalde querellado, Jesús Martín, sino el que le precedió en dicho cargo".

En esa misma línea argumental, expone que el regidor municipal querellado, a raíz de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), procedió a "dejar sin efecto el nombramiento del arqueólogo que aprobó la convocatoria, rehabilitando la situación anterior", por lo que "tampoco concurrían los elementos del delito de desobediencia".

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