El Supremo fija la factura del 'Prestige': 1.500 millones para indemnizaciones

  • El alto tribunal considera como afectados a España, Francia, la Xunta y otros 269 entren particulares, empresas, mancomunidades o ayuntamientos.
España recibirá 1.573 millones de euros de indemnización por el Prestige
España recibirá 1.573 millones de euros de indemnización por el Prestige
EFE

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dictado la sentencia definitiva sobre la responsabilidad civil derivada de la catástrofe del Prestige, que fija indemnizaciones por importe superior a los 1.500 millones de euros, que deben repartirse entre el Estado español (como principal perjudicado), el francés, la Xunta de Galicia y otros 269 afectados por el vertido que son particulares, empresas, mancomunidades, ayuntamientos y sociedades.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, modifica diversos aspectos del auto de la Audiencia. Atendiendo el recurso de Francia y España, establece que en las indemnizaciones por responsabilidad civil reconocidas a ambos Estados deben incluirse las cantidades correspondientes al IVA abonado en las tareas de reparación del daño sufrido, concepto que en el caso del Estado español asciende a 43,6 millones de euros.

Los magistrados de la Sala de lo Penal estiman de esta forma los recursos de la Fiscalía, la Abogacía del Estado, el Estado francés y, parcialmente, el del Fondo Internacional de Indemnización de Daños debidos a Contaminación por Hidrocarburos (FIDAC) contra el auto dictado el 15 de noviembre de 2017 por la Audiencia Provincial de La Coruña, en ejecución de la sentencia penal definitiva sobre el caso dictada por el Supremo en enero de 2016.

Por el contrario, desestima los recursos del resto de responsables civiles junto al fondo FIDAC, que son: el capitán del buque, Apostolos Mangouras, y la aseguradora The London Owners Mutual Insuranse Association, como responsables directos del pago de las indemnizaciones, y la propietaria del barco, Mare Shipping, responsable subsidiaria.

Los magistrados del Supremo también dan la razón a la Abogacía del Estado en lo que respecta a la cuantía que debe recibir España. Concluye que, de la misma, no se pueden descontar las recibidas en concepto de ayudas de fondos comunitarios (que la aseguradora londinense fijó en más de 275 millones de euros). Es más, la sentencia fija que todas las indemnizaciones reconocidas deben comprender los intereses moratorios por los daños y perjuicios.

Retira más de 750.000 euros de la indemnización a la Xunta

Otro aspecto corregido es la indemnización reconocida a la Xunta de Galicia por la tarea de la Sociedad Gallega de Residuos Industriales (SOGARISA), por importe de 1,87 millones de euros, de la cual se mantienen 1,1 millones, correspondientes a la eliminación de residuos del Prestige, pero se retiran los 751.555 euros. Esto es así porque dicha cantidad, relativa al coste estimado de la puesta a punto de dicha instalación, no se solicitó en el juicio, lo que vulnera el principio de rogación en esta materia.

En cualquier caso, según recordaba el auto de la Audiencia, el grueso de la indemnización a la comunidad autónoma gallega se formalizó mediante un acuerdo transaccional con el Estado en el año 2005 por importe superior a 500 millones de euros, subrogándose el Estado en las reclamaciones futuras.

El hundimiento del petrolero japonés frente a las costas de Galicia en el año 2002 provocó uno de los mayores desastres ecológicos en España puesto que de él se vertieron al mar más de 63.000 toneladas de fuel. Como resultado, se produjo una gran movilización ciudadana e incluso se llegaron a crear plataformas como 'Nunca Mais' de cara a reivindicar una mayor protección al medioambiente.  

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