El tc admite a trámite los recursos contra la obligación de rotular en catalán


El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámite los recursos interpuestos por el Defensor del Pueblo y el PP contra el Código de Consumo de Cataluña, que impone a los comerciantes la obligación a rotular sus establecimientos en catalán.
Los magistrados del Constitucional, presididos por María Emilia Casas, han decidido admitir a trámite los dos recursos a través de sendas providencias hechas públicas hoy.
El Código de Consumo de Cataluña, aprobado el pasado 30 de junio por el Parlamento autonómico, establece que los comerciantes que no rotulen en catalán podrán ser sancionados con multas de hasta 10.000 euros.
El citado código de consumo se basa en el artículo 34 del Estatuto catalán, dedicado a los derechos lingüísticos de los consumidores, que, según el Tribunal Constitucional, necesita interpretación para ser considerado constitucional.
Tanto el PP como el Defensor del Pueblo recurrieron varios artículos de esta norma legal al entender que la obligación de rotular en catalán vulnera los derechos lingüísticos proclamados en la Constitución.
DOBLAJE EN CATALÁN
El Tribunal Constitucional también ha decidido admitir a trámite el recurso interpuesto por el PP contra la Ley del Cine de Cataluña, que establece cuotas mínimas de doblaje en catalán a las películas que se proyectan en la comunidad autónoma.
De forma complementaria, los magistrados han ordenado que se dé traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno, así como a la Generalitat de Cataluña y al Parlamento de Cataluña, para que puedan personarse en la causa y formular alegaciones en el plazo de 15 días.
La incoación de estas causas debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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