Choque de versiones en el juicio

El fallo de Bankia zanja la crisis interna de BdE y desacredita al inspector díscolo

Los magistrados minimizan los ya famosos correos de Casaus contra Bankia y denuncian las "palmarias" diferencias entre éstos y sus informes reales. 

José Antonio Casaus Banco de España
Casaus puso en jaque la unidad del BdE al afirmar que le instaron a suavizar su informe.
Fernando Villar / EFE

La absolución de la excúpula de Bankia por la salida a bolsa de 2011 no solo cierra cualquier atisbo de duda sobre su gestión sino también sobre el papel que jugaron en el proceso el Banco de España y la CNMV. La instrucción de la causa, que corrió a  cargo del magistrado Fernando Andreu, complicó el horizonte penal de ambos organismos, tanto que incluso se llegó a imputar a sus exaltos cargos. Sin embargo, el tribunal ha zanjado la polémica acallando la voz díscola por excelencia del supervisor por sus famosos correos internos en los que advirtió que la operación bursátil no era la solución para Bankia. Los magistrados sentencian que José Antonio Casaus dijo una cosa en sus escritos a sus superiores y plasmó otra muy diferente en los informes oficiales, demostrando así una "diferencia palmaria" que desacredita las advertencias que tantos quebraderos de cabeza generaron al supervisor.

"En el momento de la salida a bolsa no está acreditado, ni con mucho, que Bankia fuera inviable, pues si así hubiera sido el Banco de España se hubiera opuesto a la misma", reza la resolución de la que ha sido ponente la magistrada Ángela Murillo. De este modo, el tribunal utiliza los correos de la discordia de Casaus para darle la vuelta a su contenido y advertir que él mismo, en sus informes de seguimiento, plasmó un dictamen contrario, es decir: respaldó la operativa bursátil de julio de 2011. El inspector, que en su declaración en instrucción se derrumbó y admitió entre lágrimas que fue víctima dentro del Banco de España por sus opiniones, no solo las ratificó en el juicio sino que, además, entregó nuevos mails en los que plasmaba del colapso del banco nacionalizado. 

Según explicó en la vista oral que arrancó en noviembre de 2018, sus superiores le pidieron que en sus informes no comprometiera mucho la gestión de Rato y el resto de acusados, ahora absueltos de los delitos de falsedad contable y fraude de inversores. Sus explosivas declaraciones provocaron el rechazo en cascada de los otros directivos llamados a declarar en calidad de testigos. Incluso el exsubgobernador del Banco de España Javier Aríztegui calificó los correos de 2011 de "charletas" y dijo que lo que contaba para la Comisión Ejecutiva eran las "propuestas y los informes". Esta misma tesis es la que ahora sostienen los magistrados de la Sala de lo Penal los cuáles dan credibilidad, por contra, a los otros altos cargos del supervisor. "Que Bankia era viable en el momento de la salida a bolsa lo acredita la prueba testifical practicada en las personas de Pedro Comín, Jerónimo Martínez Tello y Pedro González González", dicen. 

"Le faltó coraje"

Tras analizar todas las comunicaciones internas del inspector, el fallo concluye que las manifestaciones que éste prestó en abril del pasado año durante la vista oral "no explican de manera convincente" las "contradicciones detectadas" entre sus correos y los informes de seguimiento. "Pero además, esas opiniones particulares vertidas por el inspector Casaus que tan negro dibujaba el panorama de Bankia, colisionan con el contenido remitido (a otros superiores) en 2014, en el que se perfilaba un horizonte mucho más halagüeño", añaden para sentenciar que, o bien "le faltó coraje" como él mismo dijo en sede judicial para hacer pública su disconformidad con la gestión del Banco de España en Bankia, "o bien incurrió otra vez en la misma desidia". 

Casaus dijo en el juicio que le faltó valor para incluir en sus dictámenes que la suficiencia de la cobertura a más largo plazo dependería de la crisis y de la evolución del sector inmobiliario. "Ese fue mi gran error", apostilló ante el tribunal. Para contrarrestar su versión, Martínez Tello, entonces jefe de supervisión del Banco de España, aportó una nueva tanda de correos en los que el exdirector de inspección ya no hablaba de la inviabilidad de la fusión de las cajas o de que la salida a bolsa solo sería una "bombona de oxígeno temporal". En estas comunicaciones ya de 2012, Casaus informaba de una reunión mantenida con Rato el 6 de marzo de ese año en la que "sin ningún tipo de censura" le relataron cuál era la situación real de la entidad y éste respondió que "estaba de acuerdo" con ese diagnóstico.

Así pues, la Audiencia Nacional respalda el criterio del Banco de España y el conocimiento que desde este ente, la CNMV o el FROB se tuvo de cada paso que dio el banco desde su mismo nacimiento en 2010. "Absoluto conocedor", proceso "absolutamente supervisado" o aval "sin cortapisas" son algunas de las conclusiones que plasma el tribunal en la sentencia en relación al papel del Banco de España. De este modo, aprueba el papel de los organismos supervisores y reguladores y, por ende, de todo el equipo de Rodrigo Rato. El fallo hace continuas alusiones a los controles de los auditores externos -Deloitte, BDO y Afi- desde el mismo momento de integración de la siete cajas; proceso que asegura estuvo "tutelado y supervisado" por el BdE por conocer "todos los pormenores".

"Tanto la decisión de salir a bolsa como la determinación de hacerlo con la estructura de doble banco fueron plenamente conocidas por el Banco de España que, además, las aprobó después de calibrar las ventajas y desventajas que semejantes resoluciones entrañaban, en atención principalmente de los nuevos requerimientos de Capital introducidos por el Real Decreto Ley 2/20112", concluye la sentencia. En lo relativo a la operación de salida a bolsa, los magistrados igualmente niegan falsedades en el folleto señalando que el inversor contó con toda la información necesaria de la operación como para descartar el fraude a inversores y también la falsedad contable. Los estados financieros de 2010 y 2011 de nuevo fueron revisados y supervisados por los organismos a los que el tribunal otorga la veracidad suficiente como para absolver a todos los acusados del gran juicio por la crisis financiera española

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