Fiscal pide mayor pena para un condenado a dos años por poner bomba en cajero

  • La fiscal del Tribunal Supremo Olga Sánchez ha pedido hoy elevar de dos a cuatro años y medio de cárcel la pena que le impuso la Audiencia Nacional a Xabier Agirre por colocar un artefacto explosivo en una sucursal bancaria de Caja Vital en Vitoria el 26 de octubre de 2006.

Madrid, 26 feb.- La fiscal del Tribunal Supremo Olga Sánchez ha pedido hoy elevar de dos a cuatro años y medio de cárcel la pena que le impuso la Audiencia Nacional a Xabier Agirre por colocar un artefacto explosivo en una sucursal bancaria de Caja Vital en Vitoria el 26 de octubre de 2006.

En la que ha sido su primera intervención en la vista de un recurso de casación, a pesar de llevar cinco años adscrita a la Fiscalía del Supremo, Olga Sánchez, conocida por el juicio del 11M, ha pedido que se condene a Agirre no solo por el delito de daños, sino también por el de tenencia de sustancias explosivas, del que le absolvió la Audiencia Nacional.

La Fiscalía ha recurrido la sentencia al entender que, al absolverle de ese delito, la Audiencia Nacional dejaba sin pena parte de los hechos probados, mientras que su defensa ha pedido que se le absuelva de la totalidad de los delitos, al considerar que no hay pruebas que sustenten la condena.

Según la abogada no hay ninguna prueba que invalide la versión que ofreció Agirre tras su detención en un vehículo junto a otros dos acompañantes, cuando declaró que en la noche en que se produjo el ataque al cajero estuvo tomando unos "tragos" con sus amigos y cuando regresaba a casa fue interceptado por la Ertzaintza en un semáforo.

Se ha opuesto además al recurso del fiscal, asegurando que en el juicio el representante del Ministerio Público retiró la acusación por tenencia de explosivos, apelando a la jurisprudencia de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo a este respecto.

La letrada ha apuntado que por ese delito solo se condenan los supuestos en los que "hay un excedente" del material explosivo empleado en la acción que causa daños, lo que no ocurre en este caso.

Por contra, la fiscal ha alegado que existe abundante prueba sobre la intervención de Agirre en esta acción, principalmente la declaración del testigo que llamó a la Ertzaintza alertando de la explosión en el cajero y las imágenes que captó una cámara de seguridad de la entidad bancaria en las que aparecía una persona con una prenda de rayas como la que llevaba el acusado cuando fue detenido.

La Audiencia Nacional consideró probado que en la madrugada del 25 al 26 de octubre de 2006, Agirre se trasladó en coche junto a Oier Gómez Mielgo e Iñaki Trujillo a la sede de Caja Vital de la calle Duque de Wellington y, mientras el condenado vigilaba desde el vehículo, los otros dos sacaron del maletero una mochila con un artefacto explosivo que colocaron en el interior del cajero automático.

Según los magistrados, la coincidencia del tipo de vehículo y que éste fuese ocupado por tres jóvenes, la de la ropa que portaba el que puso el artefacto con la que llevaba en el momento de su arresto, así como el lugar de la detención, "que está en el trayecto lógico de huida desde el cajero", y la declaración "clara, coherente y sin fisuras" del testigo "llevan a la conclusión de que el acusado ha ejecutado el hecho en compañía de otros dos".

No obstante, le absolvieron del delito de tenencia de sustancias explosivas porque, de acuerdo con el Código Penal, el de daños por el que ha sido condenado "lo absorbe".

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