La Fiscalía cree que las acusaciones no tienen legitimidad para juzgar a Garzón

  • Madrid.- La Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) ha pedido hoy el archivo de la causa contra el juez Baltasar Garzón por abrir una investigación sobre las desapariciones durante la Guerra Civil y el franquismo al considerar que las acusaciones populares "carecen de legitimación procesal" para sentarle en el banquillo.

La Fiscalía insiste en que Garzón no prevaricó y duda de la legitimidad de Falange
La Fiscalía insiste en que Garzón no prevaricó y duda de la legitimidad de Falange

Madrid.- La Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) ha pedido hoy el archivo de la causa contra el juez Baltasar Garzón por abrir una investigación sobre las desapariciones durante la Guerra Civil y el franquismo al considerar que las acusaciones populares "carecen de legitimación procesal" para sentarle en el banquillo.

Así consta en el escrito remitido por el fiscal al magistrado instructor de la causa, Luciano Varela, en el que ha insistido además en que los hechos por los que se investiga al juez de la Audiencia Nacional "no son constitutivos de delito".

El pasado 7 de abril, el magistrado del TS consideró que "ha lugar a proceder contra don Baltasar Garzón" porque, según argumentó en su auto, ignoró la Ley de Amnistía al investigar las desapariciones durante el franquismo.

Varela ya rechazó el pasado 4 de febrero sobreseer la causa al entender que en la actuación del juez concurren todos los elementos del delito de prevaricación del artículo 446.3 del Código Penal, castigado "con la pena de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez a veinte años".

También sostuvo que no era necesaria la práctica de más pruebas para esclarecer los hechos -que fueron denunciados por el sindicato ultraderechista Manos Limpias, la asociación Libertad e Identidad y Falange Española de las JONS- y denegó todas las solicitadas por Garzón.

Sin embargo, además de creer que el juez no ha incurrido en dicho delito, la Fiscalía argumenta que el "fundamento jurídico de la acción popular no puede buscarse, ni encontrarse, en un principio de desconfianza hacia el Ministerio Fiscal".

La acusación popular, prosigue, "sólo podrá ejercitarse en los procesos que la ley determine" y la legislación, añade, "ha querido excluirla de la capacidad de provocar, por sí misma, y en solitario", la apertura de juicio oral.

"Opinar lo contrario sería tanto como afirmar que la acusación popular cuenta con mayores facultades procesales, como lo es sin duda instar de forma autónoma la apertura de juicio oral por el mero hecho de no personarse una acusación particular" y más aún cuando el Ministerio Público se opone a ello.

De esta forma, recuerda que la diferencia entre acusación particular y popular "no es caprichosa", ya que en la primera la acción penal la ejerce el "ofendido o perjudicado", mientras que la segunda "persigue simplemente la protección de un interés social, legítimo sí, pero también difuso", concluye.

Mostrar comentarios