Tras las sentencia del TSJM

Villar lleva al Supremo su cese como presidente de la RFEF tras el caso Soule

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD) acordó su destitución en diciembre de 2017 por presentarse a la reelección sin abandonar la comisión gestora e impulsar una campaña electoral a través de redes sociales.

Fotografía de Ángel María Villar, expresidente de la RFEF
Villar lleva al Supremo su cese como presidente de la RFEF tras el caso Soule.
EFE

El estallido de la operación 'Soule' en julio de 2017 puso en el punto de mira a Ángel María Villar, quien pasó 12 días en prisión provisional por liderar presuntamente una trama para desviar fondos de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) que presidió durante 29 años. Este hecho provocó la suspensión del cargo durante un año por las sospechas de su participación en una red corrupta. Pero el golpe final no tardó en llegar, pues unos meses después el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD) le destituyó por saltarse las normas de neutralidad en el último proceso electoral que le mantenía como máximo mandatario del fútbol español. 

Para Villar, esta decisión que refrendó la propuesta de la instructora del expediente abierto en septiembre de 2017 a instancias del Consejo Superior de Deportes (CSD), es la "sanción más grave impuesta en la Federación desde la constitución del mismo". Por ello, recurrió la resolución administrativa dictada por el TAD el 22 de diciembre de ese año ante los tribunales, llegando incluso hasta el Tribunal Supremo, cuya Sala de lo Contencioso-Administrativo acaba de aceptar estudiar la cuestión, según consta en un auto con fecha del 2 de diciembre de 2021, al que ha tenido acceso La Información

El TAD impuso la sanción de destitución a Villar al considerar que había cometido una falta calificada como muy grave, derivada del incumplimiento del artículo 4.4 del Reglamento Electoral de la RFEF, que establece que quienes presenten su candidatura parar formar parte de los órganos de gobierno y representación de la Federación no podrán ser miembros de la gestora que actúe en funciones. El principal investigado en el caso 'Soule', abierto en la Audiencia Nacional, integró dicha comisión constituida tras la convocatoria electoral en febrero de 2017, que le llevó a ser elegido por octava vez presidente del organismo deportivo. Asimismo, el tribunal de arbitraje le culpó de falta de neutralidad al impulsar, al tiempo que desempeñaba un puesto en dicha gestora, la campaña para su reelección.

Según el exvicepresidente de la UEFA y de la FIFA su destitución es ilegal porque la norma sancionadora excluye, de modo expreso, la imposición de esta sanción si no existe reincidencia. No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) confirmó el 18 de noviembre de 2019 la "proporcionalidad" de la decisión del TAD, ya que Villar "vulneró la escrupulosa misión de imparcialidad a la que estaba obligado según la normativa citada, realizando actos de verdadera campaña electoral, dirigiendo al gran público su candidatura y programa electoral, con difusión en las principales redes sociales", como Twitter y Facebook.

El requisito de la reincidencia

En esta línea, la sentencia del TSJM destaca que la Ley del Deporte prevé la sanción de destitución "aunque no haya reincidencia cuando los hechos sean muy graves como en el caso presente". Asimismo, tilda de "irrelevante" la alegación de Villar sobre la inexistencia de precedentes de cese de un presidente de una federación deportiva española. El expresidente de la RFEF impugnó esta resolución ante el Tribunal Supremo para conseguir que le den la razón cuatro años después de salir del organismo. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha admitido a trámite su recurso para la formación de jurisprudencia y determinar si la referencia al concepto de "agravante de reincidencia" constituye un requisito 'sine qua non' para acordar la destitución.

Cabe destacar que Villar ha puesto en manos de los tribunales todas las actuaciones que el TAD y el CSD han dirigido contra él tras su imputación por los delitos de administración desleal, apropiación indebida, estafa, falsedad documental y corrupción entre particulares. El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, entonces a cargo del Juzgado Central de Instrucción número 1, explicó en el auto por el que acordó su ingreso en prisión provisional -que posteriormente eludió tras el pago de una fianza de 300.000 euros-, que, al menos desde 2009, el expresidente de la RFEF lideró presuntamente la creación de un entramado que permitió la desviación de fondos tanto públicos como privados del organismo rector del fútbol español, y otros vinculados a éste. Para llevar a cabo esta actividad, se habría establecido una red "clientelar" para la contratación del personal, que recae en familiares de los investigados, así como para la adjudicación arbitraria de contratos de suministros.

Pocos días después de su entrada en prisión, el TAD abrió un expediente contra Villar y contra el que fuera su 'número dos', Juan Padrón, también imputado en el caso 'Soule', que concluyó el 25 de julio con la suspensión de ambos cargos de manera provisional por el tiempo de un año. Una medida cautelar que adoptó la Comisión Directiva del CSD, bajo la presidencia de José Ramon Lete, y que el pasado 27 de septiembre avaló la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Contra esta resolución también cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Mostrar comentarios