Violencia género. El ts reconoce el derecho de asilo para las víctimas y sus hijos


El Comisionado Español de Ayuda al Refugiado (CEAR) aplaudió este viernes la sentencia del Tribunal Supremo que reconocía el derecho de asilo a una mujer argelina y sus hijos por ser víctimas de violencia de género.
Ante los malos tratos por parte de su marido y padre, los solicitantes decidieron huir de Argelia y en 2007 pidieron protección internacional en España.
La Oficina de Asilo y Refugio (OAR) les denegó su petición y concedió subsidiariamente una autorización de residencia por razones humanitarias sobre la base de la antigua Ley de Asilo.
Asesorados por CEAR Euskadi, recurrieron dicha resolución ante la Audiencia Nacional logrando una sentencia favorable, donde se admitía el riesgo de la familia si volvía a su país.
Dicho dictamen fue recurrido por la Abogacía del Estado, que discrepaba con el razonamiento de que "todas las mujeres maltratadas tienen derecho de asilo en España" aducido por la sala.
En su opinión, estas mujeres no conforman un "grupo social" en el sentido que recoge la Convención de Ginebra de 1951.
Ahora el Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia de la Audiencia Nacional en contra de la Abogacía del Estado, de acuerdo con la nueva Ley de Asilo.
Aprobada a finales de 2009, esta norma considera a las mujeres víctimas de violencia de género como un “grupo social determinado” con derecho a protección internacional en España.
CEAR manifestó así su preocupación por que la administración española, primer garante del cumplimiento de la ley, se muestre restrictiva en este sentido y sean los tribunales quienes deban velar por que estos derechos sean respetados.

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