Derechos laborales

Trabajar un festivo: ¿me pueden pagar con dinero en vez de con días libres?

Cuando excepcionalmente acudimos al puesto de trabajo en domingo o festivo nacional, ¿tiene la empresa la obligación de compensar con un extra salarial?

Empleado trabajando con un ordenador
Trabajar un festivo: ¿me pueden pagar con dinero en vez de con días libres?
Pixabay

La mayoría de las empresas, incluso aquellas que no proporcionan servicios esenciales, suelen necesitar que algún empleado o varios trabajen durante algún festivo nacional. Los periodistas, por ejemplo, solemos trabajar en aquellos días que requieren de un esfuerzo extra, como por ejemplo para cobertura a unas elecciones. Pero también hay otra gran cantidad de sectores: los comercios que abren los domingos, los empleados de seguridad que se quedan de guardia, los empleados de los hoteles... A todos ellos se les suele pedir (al menos, de vez en cuando) que trabajen en domingos o festivos y, a muchos, se les ofrece la posibilidad de compensarlo con días libres. Pero, ¿también se puede recibir dinero en lugar de descansar?

Vayamos por partes. Para empezar, tal y como explicaba hace unos días Silvia Bernárdez, cofundadora de 'Elpoderdelasredes' y experta en derecho laboral, según el Estatuto de los Trabajadores, se determina que hay 14 días al año (denominados "fiestas laborales") en los que el trabajador tiene derecho a descanso. "Estos días festivos son un derecho del trabajador al cual no puede renunciar y no podrá ser sustituido, en principio, por una compensación económica". apunta Bernárdez, al tiempo que matiza que existen dos excepciones que permiten que un empleado pueda trabajar en festivo: "Si así lo recoge tu Convenio Colectivo o si se produce una situación de emergencia".

Según Luis San José Gras, socio del área de Derecho Laboral de AGM Abogados, "algunos convenios establecen el pago de un plus por trabajo en día festivo. En defecto de pacto en el convenio, sería de aplicación, por estar aún vigente, el Real Decreto 2001/1983, que en su artículo 47 señala: 'Cuando, excepcionalmente y por razones técnicas u organizativas, no se pudiera disfrutar el día de fiesta correspondiente o, en su caso, de descanso semanal, la empresa vendrá obligada a abonar al trabajador, además de los salarios correspondientes a la semana, el importe de las horas trabajadas en el día festivo o en el período de descanso semanal, incrementadas en un 75 por 100, como mínimo, salvo descanso compensatorio'".

Es decir, que a no ser que el convenio colectivo diga lo contrario, la ley establece que cuando se trabaja un festivo, y siempre que no se pueda disfrutar del descanso semanal correspondiente (imaginemos a un trabajador que, excepcionalmente, se ve obligado a trabajar de domingo a domingo por la baja de un compañero o similares), la empresa deberá entonces abonarle el salario de ese día festivo incrementado un mínimo de un 75%. Por ejemplo, si normalmente es empleado ficticio cobrase 60 euros por 8 horas, la empresa tendría que abonarle como mínimo 105 euros (su salario base incrementado en un 75%) por ese festivo trabajado.

En este sentido, ¿puede el trabajador escoger entre ambas opciones? La citada ley no prevé este supuesto, por lo que a priori es la empresa la que debe tomar esa decisión en función de la disponibilidad de otorgar días libres compensatorios al trabajador. Sin embargo, tal y como explica San José, existen convenios en los que se incluye esta opción, normalmente reduciendo al máximo el número de días festivos no recuperables para evitar el cansancio extremo de su plantilla. Por lo que en ese supuesto un trabajador podría escoger entre recibir dinero o tener días de descanso "siempre y cuando exista acuerdo con la empresa en ese sentido".

Y, por último, ¿puede un trabajador pedir expresamente trabajar en un festivo para ganar un dinero extra? "Existen algunas situaciones en las cuales el hecho de que el trabajador tenga que acudir en día festivo deberá hacerse por cumplir unos servicios mínimos, otras veces por simples turnos de rotación del puesto e, incluso, existen ocasiones en las que es el propio empleado quien decide trabajar por voluntad propia", apunta Bernárdez. Es decir, que si bien es la empresa la que dispone la carga de trabajo durante los días festivos, no existe ningún impedimento a que sea el propio trabajador quien plantee esta posibilidad. Especialmente en este último tramo del año, cuando la alta concentración de festivos coincidiendo con las Navidades hace que cualquier 'pellizco' sea bienvenido.

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