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CNMV fija criterios para la difusión de información relevante en redes sociales

Las normas requieren que la difusión pública de las compañías permita un acceso "rápido, completo, íntegro y correcto" a la información privilegiada. 

Sede de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)
CNMV fija criterios para la difusión de información relevante en redes sociales
EUROPA PRESS

Las redes sociales son un gran foco de información para la mayoría de empresas. Por ello, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) considera el uso de Twitter o Facebook como canal "simultáneo y complementario" a la comunicación a través de los registros del supervisor de informaciones privilegiadas de cotizadas, pero solo si se respetan una serie de requisitos que ha fijado en un comunicado hecho público este jueves.

De este modo, el organismo supervisor de la bolsa presidido por Sebastián Albella ha fijado unos criterios que las empresas cotizadas y otros emisores de valores o instrumentos financieros negociados en mercados regulados españoles deben tener en cuenta en el caso de que utilicen estas vías de comunicación.

Así, las normas requieren que la difusión pública permita un acceso "rápido, completo, íntegro y correcto" a la información privilegiada. También se han establecido algunas exigencias concretas como que el emisor no debe combinar la difusión de este tipo de información con la promoción o marketing de sus actividades.

Igualmente, pide que los medios técnicos utilizados aseguren que llega a un público tan amplio como sea posible, de forma gratuita y simultáneamente en toda la Unión Europea, al tiempo que tendrá que identificarse específicamente como tal usando literalmente las palabras 'Información Privilegiada', conteniendo la identidad del emisor (razón social completa), el asunto de que se trata y la fecha y hora.

Además, la información que se haga pública por parte de las compañías cotizadas tendrá que remitirse a la vez a los medios de comunicación en los que el público confíe razonablemente para asegurar que su difusión es efectiva.

La CNMV ha subrayado que las redes sociales son muy anteriores al momento de redacción de la norma -data de 2014- que fijó los requisitos para difundir este tipo de información de manera que asegure la protección de los inversores y el ordenado funcionamiento del mercado, si bien el legislador no quiso hacer distinciones entre diversos medios de difusión.

Por ello, el supervisor de los mercados requiere que el uso de las redes sociales permita el cumplimiento de todos y cada uno de los puntos que se aplican de forma general a la difusión de información privilegiada. "La aproximación de las normas correspondientes es tecnológicamente neutral; lo relevante es que se cumplan siempre todos los requisitos mencionados", ha señalado el organismo presidido por Sebastián Albella en un comunicado.

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