Empiezan las negociaciones

A quién afecta la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) en 2022

Oficialmente, el Ministerio de Trabajo ha ofrecido a los agentes sociales un incremento de 31 euros, hasta 996 euros mensuales; sin embargo, el aumento podría ser superior si la CEOE no se suma al acuerdo.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Racool_studio en Freepik.

Esta semana ha comenzado la negociación del salario mínimo interprofesional (SMI), cuya última subida se aprobó en septiembre de 2021, tras llegar a un acuerdo entre los sindicatos y el Gobierno y del que se apartó la patronal. Entonces, se fijó en 965 euros actuales. Ahora, pasado el trance de la reforma laboral, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha propuesto subir el SMI en 31 euros en 2022, lo que supondría una nómina de 996 euros, tal y como se anunció durante la mañana de ayer. Sin embargo, desde el departamento de la vicepresidenta han corregido ese comunicado de CCOO y UGT y afirmaron que la cifra propuesta era de 1.000 euros, una cantidad que la propia Díaz reconoce que le gustaría. 

Por su parte, la CEOE se opone a la subida del SMI que propone Trabaja y amenaza con rechazar el acuerdo. Si bien es cierto que la situación ahora es bien distinta a la de septiembre, ya que dejar de nuevo de lado a la patronal, debilitaría aún más a la vicepresidenta tras lo sucedido con la reforma laboral, que acabó siendo aprobada tras una carambola histórica por el error de un diputado del PP. 

La propuesta de Trabajo, en definitiva, consiste en acercar el SMI a los 1.000 euros en 2022 y en función de si los empresarios se suman o no al pacto, modular el incremento de 2023. La complejidad de esta fórmula, no obstante, está en la determinación del salario medio, que los expertos del comité deben actualizar, ya que no hay que olvidar que el Gobierno se ha comprometido a situar el SMI en el 60% del sueldo medio al final de la legislatura, es decir, en 2023.

Subida del SMI

Actualmente, el salario mínimo en España está fijado en 965 euros en 14 pagas. Recordemos que el SMI es el salario más bajo que por ley puede pagar cualquier empresa a sus empleados, de manera que realmente su subida solo repercute a aquellos que reciben unos ingresos por debajo de lo estipulado, con indiferencia de si se tiene derecho a pagas extras o están prorrateadas. Eso sí, este punto tiene una serie de 'peros' que conviene revisar.

Y es que, por ejemplo, un empleado que tenga un salario base por debajo de los 965 euros, no implica que vaya a experimentar una subida cuando se apruebe. Habrá que tener en cuenta todos los conceptos que se incluyen en la nómina, aquellos en particular que no entran dentro de ese salario base y que son considerados como complementos extrasalariales que, por otro lado, se pactan igualmente en el contrato, y pueden incrementar los ingresos a final de mes.

Convenio colectivo

Tal y como explica el artículo 27 del SMI, el Gobierno fijará, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, anualmente, el salario mínimo teniendo en cuenta: el índice de precios de consumo, la productividad media nacional alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general. 

Añade, además, que la revisión del SMI no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel. Con todo, la subida del salario mínimo afectaría a todos aquellos trabajadores que hoy en día estén cobrando 965 euros al mes en 14 pagas y que además no se rijan bajo ningún convenio colectivo. 

Esto es así, ya que su regulación salarial no está regida por nada más que no sea el salario mínimo interprofesional. Por tanto, la nómina no podrá ser inferior al SMI. 

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