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El Catastro prestará servicio de asistencia a los ciudadanos por videoconferencia

La resolución aprobada por el Gobierno y publicada en el Boletín oficial del Estado revisa las funciones ofrecidas por los Puntos de Información Catastral españoles y permite la gestión telemática de algunos de sus servicios

Videoconferencia
El Catastro prestará servicio de asistencia a los ciudadanos por videoconferencia
Pixabay

Los Puntos de Información Catastral gestionados por administraciones públicas territoriales podrán, a partir de ahora, resolver dudas y prestar servicio de asistencia a los interesados mediante videoconferencia. El Gobierno ha aprobado esta iniciativa con el fin de impulsar el avance tecnológico de los servicios y implementar diferentes canales de comunicación para poder atender a los ciudadanos.

Según el Gobierno, la continua modernización de los servicios públicos requiere permitir que ciertas gestiones se puedan llevara a cabo de forma telemática, sin la necesidad de desplazarse físicamente hasta el Punto de Información Catastral pertinente. Así, el Ejecutivo ha querido ampliar y revisar los servicios que pueden prestar lo Puntos de Información.

La medida está detallada en una resolución publicada esta semana en el Boletín Oficial del Estado (BOE), reconociendo el papel de intermediario entre los españoles y la Administración Pública que cumplen los servicios como el Catastro. Por la importancia de este mismo rol, el Gobierno asegura ver necesario poner a disposición de la ciudadanía los medios materiales y personales para hacer posible la atención a distancia.

Citas 'online' sin desplazamiento necesario

De esta forma, se asiste al ciudadano en la concertación de la cita y durante esta, supliendo la carencia de medios que pueda tener el ciudadano y, en todo caso, evita el desplazamiento a la Gerencia por parte de quienes pudiendo ser atendidos por videoconferencia no disponen de los medios necesarios para ello, circunstancia esta última especialmente detectada en los pequeños núcleos de población.

La asistencia del Punto de Información Catastral en la atención al ciudadano por parte de los funcionarios de las gerencias del Catastro mediante videoconferencia pone al alcance de todos los nuevos canales de comunicación, sin que lo impida la falta de medios y preparación tecnológica, resultando ello determinante en el medio rural, en particular, en núcleos de población alejados de las Gerencias o con dificultades de transporte y movilidad para desplazarse a éstas pero, sin embargo, próximos a un Punto de Información Catastral.

Por otra parte, se incorpora en el servicio de consulta y certificación de datos no protegidos, el del acceso al valor de referencia, como información integrante de la descripción catastral de los inmuebles, ya sea para su consulta o para la obtención de certificados. La entrada en vigor de esta normativa será al mes desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir el 11 de febrero de 2024.

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