Primera petición de exención

La CNMC abre la veda a la devolución del pago del bono social a la administración

Resuelve que todo aquel que justifique la condición de Administración Pública (y desarrolle la actividad de producción de manera directa) podrá regularizar las aportaciones efectuadas mediante un derecho de cobro.

La presidenta de la CNMC, Cani Fernández.
La CNMC abre la veda a la devolución del pago del bono social a la administración.
David Zorrakino / Europa Press

Nuevo capítulo en la financiación del bono social eléctrico. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha recibido la primera petición de una Administración Pública para quedar exenta del mecanismo de financiación y se abre la veda a la devolución del pago a todo aquel que justifique esta condición y desarrolle la actividad de producción de electricidad de manera directa, al ser considerado un sujeto pasivo y que, por tanto, no está obligado a sufragarlo.

A finales de marzo del año pasado, el Gobierno fijó un nuevo sistema de financiación, estableciendo la obligación de que todos los sujetos del sector eléctrico asumirían dicha financiación. En concreto por los sujetos del sector eléctrico que participan en las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica, incluyendo la producción, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica, así como por los consumidores directos en mercado. La 'nueva' financiación del bono social eléctrico se incluyó en el  'megadecreto' para hacer frente a los efectos de la invasión de Rusia a Ucrania.

No obstante, bajo el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, se eximió a las Administraciones Públicas. Por su parte, sí son considerados sujetos obligados las sociedades mercantiles de titularidad pública y las empresas participadas por las Administraciones Públicas que figuren de alta en cada uno de los registros o listados por haber comunicado el inicio de la actividad, en su caso, en relación con las precitadas actividades de la cadena de suministro de energía eléctrica, así como las empresas titulares de instalaciones de transporte. Es decir, toda Administración Pública que desarrolle la actividad de producción de manera directa, no se considera sujeto obligado a financiar el bono social.

El Consell Comarcal de l’Alt Empordà sienta precedente

En este sentido, ya han comenzado a surgir las primeras dudas y las peticiones de aclaración sobre si se es o no sujeto pasivo del bono social. El Consell Comarcal de l’Alt Empordà ha sido el primer organismo en presentar un escrito ante la CNMC, según confirman fuentes del regulador a La Información. El Consell manifiesta ser productor de energía que actúa como administración pública y que no tiene ninguna sociedad mercantil pública, ni participa en ninguna empresa, cuando actúa como productor de energía.

El 'lío' vino porque el Consell Comarcal de l’Alt Empordà es titular de un vertedero que cuenta con una central de generación y al consultar a Nexus Energía, su representante que gestiona la relación con la CNMC a efectos económicos, sobre su condición de sujeto pasivo, este contestó que la administración pública "como tal" no es financiadora, pero sí lo son los productores de energía, de modo que debía considerarse financiador en su condición de productor. 

En vista de la respuesta anterior, el Consell dirigió la misma consulta a la Asociación Catalana de Municipios, la cual estimó que no se daba la condición de sujeto pasivo del Consell atendiendo a la literalidad del artículo 13.3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre. En una segunda respuesta, se ratificó en su interpretación acerca de la exención del Consell como sujeto pasivo de la financiación del bono social, y añadió que, a pesar de ello, la CNMC había imputado a Nexus Energía una liquidación por bono social, lo cual podría deberse a que el CIL de la instalación no estaba correctamente asociado a una administración pública.

La Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC concluye que para el caso de las Administraciones Públicas que, como el Consell Comarcal comuniquen dicha condición y el cumplimiento de los requisitos, las aportaciones efectuadas podrán regularizarse mediante el reconocimiento de un derecho de cobro, a través de la liquidación que realiza el organismo que preside Cani Fernández. "A fin de garantizar la correcta aplicación de lo previsto en el presente capítulo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia podrá regularizar las cantidades aportadas por los distintos sujetos reconociendo, en su caso, los derechos de cobro u obligaciones de pago que correspondan, conforme a lo establecido en este capítulo", sentencia.

El Supremo ha anulado en varias ocasiones la financiación

Históricamente, el bono social lo financiaban las comercializadoras eléctricas y su coste anual era de unos 200 millones de euros. El Tribunal Supremo ha anulado el mecanismo de financiación hasta en tres ocasiones por considerarlo "discriminatorio". El sistema de financiación anulado por el alto tribunal estaba regulado por el Real Decreto Ley 7/2016, de 23 de diciembre, que imponía su coste a "las matrices de los grupos de sociedades que desarrollen la actividad de comercialización de energía eléctrica o por las propias sociedades que así lo hagan si no forman parte de ningún grupo societario". Esto implicaba imputar el 94% del coste de financiación a las empresas comercializadoras. 

Asociado a la tarifa regulada de la luz

  • El bono social consiste en un apoyo económico en forma de descuento para afrontar la factura de los suministros de energía eléctrica. Solo se aplica para los domicilios habituales de personas físicas (no vale para empresas o sociedades) y siempre que tengan una potencia contratada igual o inferior a 10 kW. Para poder solicitarlo, hay que tener contratada la tarifa regulada

En este sentido, el Tribunal Supremo ha instado al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a que abone a Endesa, Naturgy e Iberdrola los más de 320 millones de euros que se les adeuda tras declararse inaplicable el bono social eléctrico fijado por el último Gobierno de Mariano Rajoy -más los intereses legales correspondientes-. El Gobierno ya procedió a devolver las cantidades financiadas por las compañías por el bono social en los ejercicios 2014, 2015 y 2016, así como los intereses legales correspondientes, con un importe total que alcanza casi  los 520 millones de euros.

La patronal de las grandes eléctricas Aelec, que representa a Iberdrola, Endesa y EDP, defiende que el bono social, como "herramienta de política social" para los consumidores más vulnerables, se debería financiar a través de los Presupuestos Generales del Estado (PGE). 

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