Efectivo o regalos

¿Debo pagar impuestos a Hacienda por el dinero que 'regala' el banco?

Sea cual sea el tipo de remuneración, es importante saber que estos regalos que hace el banco a los nuevos clientes con sus cuentas remuneradas tienen que tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). 

El poder del interés compuesto: cómo hacer que tu dinero trabaje para ti
El poder del interés compuesto: cómo hacer que tu dinero trabaje para ti
PEXELS

Para depositar los ahorros en un banco o domiciliar la nómina y recibos en una cuenta, los clientes comparan las condiciones para tratar de sacar la mayor rentabilidad de su dinero. Pero además de los intereses que se puedan obtener, la permanencia o los productos vinculados, muchos bancos también optan por dar a sus clientes con cuentas remuneradas dinero en efectivo o con productos físicos. Antes de contratar una de estas cuentas seducido por el dinero que ofrecen, debes saber que es obligatorio tributar este dinero a Hacienda en la declaración de la Renta.

Sea cual sea el tipo de remuneración, es importante saber que estos regalos que hace el banco a los nuevos clientes tienen que tributar. En concreto, se considera un rendimiento del capital mobiliario y deben tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Dinero en efectivo por abrir una cuenta en el banco

En concreto, cuando la remuneración es en efectivo –lo más común actualmente-, para Hacienda constituye un rendimiento mobiliario, incluido en la base imponible del ahorro. Por ello, se aplica la retención correspondiente, que actualmente es del 19% -hasta 6.000 euros-. Por ello, es recomendable consultar si la oferta anunciada es remuneración bruta o neta.

En el primer caso, habrá que descontar el importe de la retención para saber cuándo dinero se obtendrá finalmente. No obstante, es posible que el banco se haga cargo del pago a la Agencia Tributaria y que el importe anunciado se obtenga en su totalidad -remuneración neta-.

Regalos por abrir una cuenta bancaria

Pero también es posible que el banco, además de recompensarte con dinero, ofrezca una remuneración en especie. Es decir, la entidad ofrece un producto físico. Es una práctica cada vez menos habitual, pero, por ejemplo, hasta este verano Caixabank ofrecía un televisor –junto a otros beneficios- por domiciliar la nómina con ellos.

En este caso, no se trata de un regalo para Hacienda, sino que la remuneración en especie es un rendimiento sujeto a tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en función del valor del producto. El Banco de España recomienda comparar el valor del objeto con los intereses en efectivo que se obtendrían si se contrata una cuenta con remuneración en efectivo.

Información sobre cómo funcionan las cuentas remuneradas

Igualmente, al aceptar cualquier tipo de remuneración -en especie o dinero en efectivo- el cliente debe cumplir una serie de condiciones para recibirlo. Pero en caso de dejar de cumplirlas se aplicará una penalización, que dependerá de las condiciones pactadas en el contrato. Es posible, que la entidad exija el reembolso de la remuneración o de una parte proporcional del incentivo.

Por ello, el BdE recomienda prestar atención, en primer lugar, a los requisitos que se deben cumplir. Normalmente están ligados a la contratación de productos vinculados a la cuenta –por ejemplo, tarjetas y seguros- que pueden llevar un coste asociado, a la domiciliación de cargos o abonos recurrentes –con posible permanencia-, o al mantenimiento de un saldo mínimo.

En cualquier caso, si se incumplen las condiciones, los bancos deben ser diligentes, de acuerdo al Código de Buenas Prácticas, a la hora de aplicar una penalización, de modo que el cargo se produzca inmediatamente después de conocida la incidencia, si no, deberán informar previamente de ello al cliente.

Mostrar comentarios