No nos engañemos, un seguro del hogar permite vivir tranquilos a los propietarios de una vivienda ante los siniestros que puedan ocurrir en casa. Al menos, esa es la teoría que puede cumplirse si entre las pólizas se cuenta, al menos, con estas cuatro coberturas que cualquier seguro para la casa debería incluir de manera básica:
Esta cobertura es esencial, ya que es la encargada de cubrir al asegurado y a su familia de los posibles daños que puedan ocasionar a terceros ( a los vecinos generalmente). Incluye tanto los daños materiales como los personales y hay que ser consciente de que en el caso de incurrir en estos últimos daños, las indemnizaciones pueden ser cuantiosas. Es aconsejable que el seguro de hogar incluya una cobertura de responsabilidad civil de 300.000 euros como mínimo.
Esta cobertura se refiere a todos los elementos que conforman la estructura del inmueble como las paredes, tuberías, suelos, techos, ventanas…Gracias a ella, la compañía de seguros se hace cargo de las reparaciones en estos elementos siempre en función de las condiciones estipuladas en la póliza. Cada aseguradora fija en las condiciones de la póliza el tipo de siniestros que incluye y las exclusiones.
Cubre la reparación o reposición de muebles o electrodomésticos y enseres domésticos, incluida la ropa y los alimentos. Para ser considerados como contenido estos bienes deben encontrarse en un espacio cerrado con llave y de uso exclusivo del usuario.
Las joyas y los objetos de valor artístico están catalogados normalmente como objetos de valor especial, y aunque algunas compañías protegen hasta marfiles, instrumentos musicales o bicicletas de elevado precio, este tipo de objetos de valor rara vez están cubiertos por una póliza común de seguro de hogar y es necesario declararlos como objetos de valor especial.
Es una de las coberturas imprescindibles, sobre todo, si vivimos en una comunidad de vecinos, ya que se trata de una garantía por la que se cubren los gastos de un asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, arbitral o judicial, en el ámbito de la vida particular. Consiste en asesorar y asistir jurídicamente o llevar a cabo los trámites de una reclamación y defensa por la vía amistosa y judicial, todo ello frente a los responsables de los daños o ante quienes haya de exigirse una reparación o derecho.
Aunque es recomendable que estas cuatro coberturas estén recogidas dentro del seguro de hogar debería de manera básica, esto no significa que sean estáticas e inamovibles. Es decir, se pueden personalizar y las compañías se están adaptando a las necesidades de cada familia además de ofrecer diferentes tipos de coberturas novedosas como la de asistencia de bricolaje o la de asistencia informática.
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