Ayudas sociales

Qué día se cobra el ingreso mínimo vital y hasta cuándo tiene efecto retroactivo

Para aquellos que hayan solicitado la prestación desde el 15 de junio, hasta el 31 de diciembre, los efectos económicos se retrotraerán al día 1 de junio de 2020. 

Billetes de euro.
Qué día se cobra el ingreso mínimo vital y hasta cuándo tiene efecto retroactivo
Imagen de Pera Detlic en Pixabay

En los últimos meses, el Ingreso Mínimo Vital ha experimentado varios cambios que han afectado de forma directa a los solicitantes. Nuevos requisitos, modificaciones en los estados de solicitud, distinto límite de renta... El objetivo de esta lista es, según ha esgrimido el Gobierno en varias ocasiones, liberar ese cuello de botella que se generó durante los meses de verano, ante una alta demanda de solicitudes que provocó retrasos en los pagos. 

Tal fue el colapso que, incluso, el Ejecutivo estableció la norma con efecto retroactivo. Dicho de un modo más sencillo: aquellos que hayan solicitado la prestación durante el primer semestre desde la fecha en que se activó (es decir, desde el 15 de junio, hasta el 31 de diciembre), los efectos económicos se retrotraerán al día 1 de junio de 2020, siempre y cuando, entonces, se cumpliesen los requisitos exigidos para obtener dicha ayuda. A efectos prácticos: el próximo mes, habrá gente que reciba las últimas cinco mensualidades de la ayuda (si lo pidieron al principio). 

Entonces, ¿cuándo se cobrará el Ingreso Mínimo Vital este mes? ¿Podrán los solicitantes tener el cobro antes de Navidad? Lo cierto es que sí. Según el real decreto Ley, "el pago es mensual y se realiza mediante transferencia bancaria, a cuenta del titular de la prestación, de acuerdo con los plazos y procedimientos establecidos". 

Y sigue: "El derecho a la prestación del ingreso mínimo vital nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de la prestación de la solicitud". Es decir, el último cobro del año se daría el día 1 de diciembre. 

Cuánto dura el derecho a la prestación

El derecho a percibir la prestación económica del IMV se mantendrá mientras subsistan los motivos que dieron lugar a su concesión y se cumplan los requisitos y obligaciones. 

Eso sí, es muy importante que, si durante el periodo que se recibe la prestación el solicitante deja de cumplir los requisitos (por ejemplo, por haber encontrado trabajado y, por tanto, superar los ingresos establecidos), y no se avisa a la Seguridad Social, puede acarrear sanciones económicas. 

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