Borrador de la propuesta

Trabajo fiscalizará los ERTE activos en las empresas que soliciten la prórroga

Los cursos de formación obligatorios para mantener las exoneraciones tendrán que beneficiar a todos los trabajadores afectados por un expediente desde enero de 2021 en empresas de más de 10 empleados.

Yolanda Díaz
Trabajo fiscalizará los ERTE activos en las empresas que soliciten la prórroga
Agencia EFE

"Algo huele raro". Con estas palabras, el secretario general de CCOO, Unai Sordo, ponía recientemente en duda la "lógica económica" de empresas que llevan en ERTE desde marzo de 2020, en sectores donde la actividad se ha recuperado y en modalidades que no tienen bonificaciones. "Parece razonable revisar de alguna manera estos expedientes", sugirió, esbozando sospechas de que existan empresas sin ninguna actividad o con trabajadores en el ERTE y al mismo tiempo trabajando. Dicho y hecho. El borrador de la propuesta gubernamental para la ampliación de los expedientes, al que ha tenido acceso La Información, incluye una medida para fiscalizar los ERTE activos en las empresas que soliciten la prórroga a partir del 1 de octubre.

A CCOO le llama la atención que en algunos subsectores existan muy pocas empresas que aún no han vuelto a la actividad y que en sectores como el comercio cerca de la mitad de los trabajadores suspendidos están protegidos por los ERTE de fuerza mayor 'antiguos', que no tienen exoneraciones. El sindicato llevó este planteamiento a la primera reunión con el Gobierno, en la que puso sobre la mesa la necesidad de fiscalizar el uso de los recursos públicos a través de una revisión de las solicitudes. Y así se va a hacer. Según figura en el borrador entregado este martes a los agentes sociales, "la solicitud de prórroga del expediente deberá ir acompañada de una relación de las horas de trabajo suspendidas o reducidas durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2021 de cada una de las personas trabajadoras, debidamente identificadas en relación a cada uno de los centros de trabajo".

De modo que las empresas que quieran solicitar la prórroga de un ERTE -algo que deberán hacer antes del día 10 de octubre o, de lo contrario, el expediente decaerá automáticamente- tendrán que acompañar su solicitud de un documento que certifique las horas de trabajo suspendidas o reducidas durante los meses de verano a cada uno de su trabajadores. La autoridad laboral remitirá el expediente a la Inspección de Trabajo, "a los efectos que eventualmente proceda", y tendrá que dictar resolución en un plazo de diez días. Esta resolución prorrogará el expediente hasta el 31 de enero de 2022 y, en caso de ausencia de resolución expresa, "se entenderá desestimada la solicitud de prórroga", según figura en el borrador. Desde la solicitud estimatoria, la empresa tendrá cinco días para presentar un listado de los trabajadores incluidos en el ERTE a 30 de septiembre de 2021.

Pero no es el único aspecto que se va a fiscalizar en la nueva prórroga de los ERTE para detectar posibles fraudes. El borrador especifica que la Tesorería General de la Seguridad Social va a intercambiar información con la Agencia Tributaria para identificar a las empresas que hayan hecho ERTE en algún momento de la pandemia y hayan incumplido alguno de los requisitos, como la prohibición de repartir dividendos o la imposibilidad de acogerse a ERTE en el caso de las empresas domiciliadas en paraísos fiscales. Dos limitaciones que, por cierto, se mantendrán en la prórroga hasta el 31 de enero de 2022. Asimismo, permanecerá vigente la cláusula de salvaguarda del empleo y la prohibición de hacer horas extraordinarias o contrataciones, el veto al despido objetivo por causa Covid o la interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales.

Se identificará a las empresas que hayan repartido dividendos estando en ERTE

Para garantizar todo este control será clave el papel de la Inspección de Trabajo, que vigilará la correcta aplicación de las exenciones en el pago de cuotas a la Seguridad Social, pudiendo iniciar en caso de incumplimiento de la normativa los correspondientes expedientes sancionadores y liquidatorios. En particular, corresponderá a la Inspección "el control sobre la veracidad, inexactitud u omisión de datos o declaraciones responsables proporcionadas por las empresas o por cualquier otra información que haya sido utilizada para el cálculo de las correspondientes liquidaciones de cuotas, y sobre la indebida existencia de actividad laboral durante los períodos comunicados por la empresa de suspensión de la relación laboral o reducción de la jornada de trabajo, en los que se hayan aplicado exenciones en la cotización", establece el borrador del Gobierno.

Con todo, la fiscalización de los ERTE en curso no es la única novedad que incluye la propuesta del Gobierno, todavía en formato borrador. El texto desarrolla los detalles del nuevo modelo de formación que van a tener que poner en marcha las empresas que prorroguen o inicien un expediente de regulación temporal de empleo para beneficiarse de las exoneraciones de cotizaciones sociales. Pero no todas, sino solo aquellas que contaran con diez trabajadores o más a 29 de febrero de 2020. Según la propuesta, las acciones formativas tendrán que beneficiar a las personas que hayan estado afectadas por un ERTE entre enero y octubre de 2021 y que a la fecha de entrada de la norma sigan de alta en la empresa, así como a aquellas que resulten afectadas a partir del 1 de octubre por un nuevo expediente.

  • CLAVES DE LA FORMACIÓN OBLIGATORIA:
    - Para empresas de más de 10 trabajadores
    ​- Para trabajadores en ERTE entre enero y octubre
    - Vinculadas a la adquisición de competencias digitales
    ​- A ejecutar entre el 1 de octubre y el 30 de junio

El Gobierno quiere priorizar el desarrollo de acciones formativas vinculadas a la adquisición de competencias digitales, así como aquellas que permitan recualificar a los trabajadores, aunque no tengan relación directa con la actividad desarrollada en la empresa, de modo que puedan recolocarse en otra compañía del sector o incluso en otro sector de actividad. De hecho, según detallan a este medio fuentes del diálogo social, el Ejecutivo ha transmitido en la mesa a la patronal y a los sindicatos que las empresas no tendrán total libertad a la hora de seleccionar los cursos de formación, que en líneas generales vendrán marcados por el Ministerio de Trabajo y que deberán ejecutarse entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de junio de 2022, ya sea durante el ERTE o en tiempo de trabajo.

¿Y quién paga los cursos? El borrador establece que las acciones formativas se desarrollarán a través de la denominada 'formación programada por las empresas', que habitualmente se financia con créditos de formación que las empresas pueden hacer efectivos mediante bonificaciones en las cotizaciones sociales y cuyo importe depende de las cuantías ingresadas por cada empresa el año anterior en concepto de cuota de formación profesional. Una vez transcurrido el tiempo máximo para la ejecución de los cursos, la Tesorería General de la Seguridad Social comunicará al SEPE los trabajadores por los que se han aplicado exenciones y éste verificará la realización de la formación. De no haberse realizado las acciones formativas, la Inspección procederá a determinar la deuda por aplicación indebida de exenciones respecto de cada uno de los trabajadores que no hayan hecho los cursos.

El resto del borrador conserva el grueso del esquema actual de ERTE, con las modalidades de sectores más afectados, impedimento y limitación, si bien todavía no concreta los porcentajes de exoneraciones de cotizaciones sociales, que según ha avanzado el sindicato UGT variarán entre el 40% y el 100%, de acuerdo con la propuesta inicial del Gobierno, que podría verse modificada en las próximas horas. Asimismo, se mantienen las medidas de protección por desempleo de los trabajadores (aunque tendrán que volver a solicitar la prestación con la prórroga) y las medidas extraordinarias para trabajadores fijos-discontinuos. Y por último, se contempla la posibilidad de adoptar medidas urgentes para las empresas y trabajadores afectados por la erupción del volcán en La Palma, en el territorio de las Islas Canarias.

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