Finanzas personales

Hacienda elimina de facto el derecho a discrepar sin sanción

La Ley 13/2023 cambia el proceso de rectificación de autoliquidaciones, limitando la posibilidad de discrepar con el criterio de Hacienda sin que medie la posibilidad de sanción a grandes empresas y patrimonios a efectos prácticos.

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Hacienda elimina de facto el derecho a discrepar sin sanción con el nuevo formato de rectificación
Europa Press

Cuando te equivocas en la declaración de la Renta a favor de Hacienda, puedes iniciar un proceso de rectificación de la autoliquidación y solicitud de devolución de ingresos indebidos. En otras palabras, explicarle a la Agencia Tributaria cuál ha sido el error y pedirle un cambio en tu declaración.

Esta herramienta, prevista en la Ley General Tributaria, la utilizaban los asesores financieros y los contribuyentes para poder discrepar del criterio de Hacienda sin miedo a una sanción.

Su funcionamiento es muy simple. En el caso de tener dudas sobre una norma completa, se presenta una primera declaración conservadora atendiendo el criterio de Hacienda. Es decir, siguiendo la interpretación más rígida del fisco.

Una vez presentada, se inicia el procedimiento de rectificación de esa declaración. Ahí es donde se plantea la discrepancia a Hacienda y se busca que cambie su criterio general o inicial. De esta forma, si la Agencia Tributaria (AEAT) no te da la razón, evitas la multa y sanción que hubiese puesto en caso de haber rellenado la autoliquidación según tu interpretación.

Este sistema tenía ventajas para Hacienda y para el contribuyente. La primera, porque recibía por adelantado el dinero según su criterio más estricto. El segundo, porque evitaba exponerse a una sanción.

Ese derecho es el que ha eliminado Hacienda a través de la nueva autoliquidación rectificativa introducida por la Ley 13/2023 y regulada por el Real Decreto 117/2024.

Adiós al derecho a discrepar: la nueva autoliquidación rectificativa

Según figura en la Ley 13/2023, "se establece un sistema único para la corrección de las autoliquidaciones, regulando con esta finalidad la nueva figura de la autoliquidación rectificativa" que servirá para "rectificar, completar o modificar cualquier autoliquidación presentada con anterioridad, con independencia del resultado de la misma, sin necesidad de esperar la resolución administrativa".

En otras palabras, que esta figura sustituye al actual sistema dual que contaba con la figura de la autoliquidación complementaria y la solicitud de rectificación. La nueva declaración rectificativa termina con esa primera autoliquidación conservadora y genera automáticamente un riesgo de sanción que ante no había.

Para entenderlo mejor, con el sistema actual, ya solo se puede presentar una única declaración. Así, puedes optar por seguir el criterio de Hacienda o arriesgarte a realizar tu propia interpretación y que después Hacienda te multe, aunque las últimas sentencias sobre el derecho al error tributario abren la puerta a no tener que pagar sanción.

Las excepciones a la norma

El sistema único de la autoliquidación rectificativa será el obligatorio con carácter general, aunque existen algunas excepciones.

Se podrá seguir recurriendo al anterior esquema cuando “sea exclusivamente la alegación razonada de una eventual vulneración por la norma aplicada en la autoliquidación previa de los preceptos de otra norma de rango superior legal, constitucional, de Derecho de la Unión Europea o de un Tratado o Convenio internacional”.

A efectos prácticos, esto hace que sea prácticamente imposible acogerse al anterior esquema sin un grupo de asesores fiscales que estudiante tu caso.

Reduce la carga administrativa y aumenta la posibilidad de sanción

Los dos principales efectos de la Ley 13/2023 y el nuevo sistema de rectificación de declaraciones será una reducción de la carga administrativa, que es uno de los objetivos que buscaba la ley.

Con el sistema actual, Hacienda se enfrentaba a las reclamaciones por escrito, que es como se presenta la rectificación, de los contribuyentes. El fisco tenía que leer las explicaciones del contribuyente, revisar los justificantes y después decidir. En caso de fallar a favor del contribuyente, podía incluso tener que aplicar intereses de demora a esa devolución.

Esto retrasaba la resolución y suponía una importante carga de trabajo. La solución ha sido eliminar ese primer paso y trasladar al contribuyente el riesgo de presentar la autoliquidación y ser sancionado. Por supuesto, esa sanción se puede reclamar por la vía tradicional, pero con este movimiento Hacienda ya se ha saltado un paso previo y parte con ventaja de ser quien sanciona.

Conviene recordar que Hacienda solo tiene la razón en un 50% de las más de 253.265 reclamaciones que le plantean los contribuyentes al año.

Con el cambio, al no haber posibilidad de discrepar, muchas personas optarán por hacer la declaración directamente siguiendo el criterio de la AEAT para evitar la sanción.

Sobre qué impuestos se aplica

El nuevo sistema se aplica sobre la declaración de la renta, el IVA, el Impuesto sobre Sociedades y también los impuestos especiales y el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.

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