Pueden perjudicar en la legítima de la herencia

Así afectan en la herencia los dos tipos de donaciones a herederos forzosos

Las donaciones en vida a los herederos forzosos pueden ser colacionables o no colacionables. En función de la elección pueden implicar recibir menos herencia.

Herencia.
Herencia.
Imagen de pressfoto en Freepik.

¿Es mejor donar en vida o dejar una herencia? Esta cuestión genera dudas tanto a los propietarios del patrimonio como a los descendientes y otros receptores del mismo. Las donaciones suponen un adelanto de la herencia con ventajas entre las que destacan la evitación de conflictos en el reparto de la herencia, así como una fiscalidad clara. Sin embargo, en función del tipo de donación, afectará a la herencia de diferente modo.

Cabe señalar que la diferenciación entre donaciones que presentamos a continuación afecta directamente a los herederos forzosos. Estas son las personas que reciben parte de la herencia por ley: descendientes (hijos), ascendientes y cónyuge.

Nos referimos a las donaciones colacionables o no colacionables. Si la donación en vida es colacionable, significará que ha sido puramente un adelanto de la herencia. Por ello, en el momento del reparto de la herencia, al receptor se le restará la donación recibida de la parte total de la herencia que le corresponde.

Por otro lado, si la donación es no colacionable, no se incluye como parte de la herencia. Se entiende que se realizó esa donación en su momento con el fin de simplemente favorecer al donatario. Por ende, cuando se produzca el reparto de la herencia, recibirá su parte al 100%.

Eso sí, existe una excepción: se le restará esa parte si la donación perjudica la legítima del resto de herederos forzosos, tal y como explican desde el bufete de abogados 'Arriaga Asociados'.

¿Qué es la legítima de la herencia?

Esta parte de la herencia puede entrar en conflicto con las donaciones a herederos forzosos, ya que es la porción destinada a los familiares más directos del fallecido. Este no puede decidir a su antojo sobre ella y dividirla como quiera. Por ley, es un tercio del patrimonio total a heredar.

Si la donación no colacionable influye de manera negativa en las porciones destinadas a la legítima de la herencia de los otros herederos, al receptor de la donación se le restará esa parte para compensar.

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