Problemas de aplicación

Moncloa retoca su escudo social para que caseros y banca no toreen a los afectados

  • Aclarará la acreditación de la 'vulnerabilidad' para impedir que las empresas rechacen por motivos formales moratorias de la hipoteca o el alquiler.
Fotografía Pedro Sánchez y Pablo Iglesias / EP
Fotografía Pedro Sánchez y Pablo Iglesias / EP

El problema empezó a llegar a los despachos de gestorías y consultorías la pasada semana. Decenas de autónomos y particulares se encontraron con el 'no' de su casero, de su entidad financiera, de su gestora o de su compañía eléctrica cuando acudieron a las mismas para activar alguno de los beneficios dispuestos por el Gobierno en lo que se ha dado en llamar el 'escudo social' frente a la crisis y que, sobre el papel, permite a los trabajadores que se han quedado en situación de vulnerabilidad aplazar el pago de la mensualidad de la hipoteca, el del alquiler, rescatar su plan de pensiones para aliviar su situación o solicitar el 'bono social' de las eléctricas, que permite un importante descuento en el recibo de la luz.

La controversia reside en un 'formalismo'. Cuando se regularon dichas ayudas sociales, los ministerios responsables optaron por que para acreditar esa situación de vulnerabilidad los afectados tuvieran que presentar el certificado de baja censal en el Impuesto de Actividad Económicas que emite la Agencia Tributaria, en el caso de ser autónomos, y el reconocimiento de estar recibiendo una prestación de cobertura por desempleo -incluida la prestación especial de los ERTE por causa de fuerza mayor- en caso de ser un asalariado por cuenta ajena, según explican fuentes del ámbito de la consultoría de empresa.

Muchos de los autónomos que se ha acogido a la prestación por cese de actividad -un 95% según ATA- no disponen de esa baja censal porque aunque han tenido una caída de ingresos superior al 75% han continuado trabajando y la gran mayoría de los asalariados por cuenta ajena incluidos en ERTE aún no han recibido la notificación del SEPE con el reconocimiento de su situación. ¿Qué ha ocurrido? Que en muchos casos las empresas requeridas han denegado las solicitudes de los afectados por no poder acreditar de la forma que marca la ley su situación de vulnerabilidad, aunque según los profesionales de la asesoría y la consultoría la acreditación podría realizarse por otros medios de prueba.

Informado por las organizaciones profesionales de gestores y consultores y presionado por los representantes de los autónomos -ATA, UPTA y Uate, el Gobierno se ha comprometido con el sector a tomar cartas en el asunto y si todo va según lo previsto este martes retocará la redacción de las ayudas sociales puestas en duda por las empresas que deben concederlas para garantizar que llegan a sus beneficiarios y no se atascan en las maniobras dilatorias de algunas empresas, según fuentes conocedoras de los planes del Gobierno. A última hora de la tarde del lunes, el Gobierno continuaba ultimando esos cambios con el objetivo de aprobarlos esta martes en Consejo de Ministros, aunque desde el entorno gubernamental no se descartaba que se le diera de momento una solución parcial, priorizando el rescate de los planes de pensiones.

El ajuste busca resolver por la vía del BOE la situación de cientos de miles de potenciales beneficiarios y los problemas reales que ya se han producido y que han sido detectados en el ámbito de la asesoría y la consultoría. Desde el Consejo Superior de Colegios de Economistas aclaran que si bien la norma establece en efecto ese certificado fiscal o el reconocimiento de la prestación por parte del SEPE como vías de acreditación también permitía la aportación en caso de no disponer de esos documentos "por otros medios documentales". La decisión de los ministerios de no detallar esos 'otros medios documentales' está en el origen de los problemas de acceso a esas ayudas que se han registrado hasta la fecha.

El Consejo concluye que la acreditación del cese no es condición necesaria para obtener la moratoria o el aplazamiento de la mensualidad del alquiler, o el bono social, o el rescate del plan de pensiones, sino uno de los medios de prueba y no el único. De hecho concluye que habría que entender que lo que se debe aportar a las entidades financieras es una declaración responsable acompañada de los elementos probatorios que se consideren oportunos sobre la caída de ingresos o facturación, por mucho que la norma no lo especifique de forma explícita en su redacción.

Raquel Fernández, consultora de CE Consulting Empresarial, llega a la misma conclusión. "El certificado de baja censal no es ni obligatoria ni indispensable. Lo que dice la norma es que hay que acreditar esa situación de vulnerabilidad y se puede hacer sin ningún problema con otros medios de prueba. No se puede negar el acceso a una de esas ayudas por ese formalismo", señala. De hecho, en su opinión más que la situación de los autónomos -que ha saltado a la opinión pública por la combativa posición de ATA- es más problemática la de los trabajadores por cuenta ajena acogidos a un ERTE porque en su inmensa mayoría, denuncia la consultora de CE Consulting, no han recibido la notificación del reconocimiento de la prestación por parte del SEPE y sin ella es difícil acreditar su situación como potenciales beneficiarios de esas ayudas.

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