Hasta 24 meses

Andalucía lanza su nueva 'Cuota cero' para autónomos: requisitos en 2023

Con la entrada en vigor de la nueva cotización, los autónomos nóveles andaluces podrán disfrutar hasta un máximo de dos años de esta ayuda. Se estima que esta medida beneficiará a unas 50.000 personas.

Nueva Tarifa Cero para autónomos en Andalucía: requisitos en 2023
Nueva Tarifa Cero para autónomos en Andalucía: requisitos en 2023
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La comunidad de Andalucía es una de las tres únicas regiones que subvencionarán la 'Cuota cero' para autónomos de cara a 2023. Así, con el Programa de estímulo a la creación y consolidación del Trabajo Autónomo, el presidente Juanma Moreno pretende establecer una compensación adicional a las ayudas estatales, reduciendo las cuotas mensuales de cotización y prolongando las ayudas, con el fin de promover el emprendimiento. La llamada tarifa cero bonificará el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia que inician su actividad. A partir del 1 de enero, con la entrada en vigor de la nueva cotización por ingresos reales, los autónomos nóveles en Andalucía podrán disfrutar hasta un máximo de dos años de esta ayuda. La Junta estima que esta medida beneficiará a unas 50.000 personas del territorio. 

La medida llega justo después de que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ahora liderado por José Luis Escrivá, modificara la cuota reducida para los autónomos de primer año. Bajo el nuevo sistema, la tarifa plana para autónomos subirá 20 euros al mes hasta los 80. Si bien durante el segundo año, el autónomo podrá seguir pagando la misma cuota mensual siempre que sus ingresos netos se encuentren por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En 2022, la mensualidad era de 60 euros durante los primeros doce meses de actividad, independientemente de los ingresos del trabajador por cuenta propia.

Como explicó en el anuncio de la medida la consejera de Empleo y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, Rocío Blanco, la 'cuota cero' andaluza se aplicará a todos los trabajadores por cuenta propia que se acojan a la 'Tarifa Plana estatal'. Aquellos autónomos andaluces que se den de alta por primera vez en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y que durante su segundo año de actividad sus rendimientos sean inferiores a 1.000 euros mensuales podrán contar durante 24 meses de una bonificación del 100% sobre sus cuotas a la Tesorería

A diferencia de la 'Tarifa Plana', la futura reducción de la cuota es estable y no progresiva. En este sentido, los autónomos de Murcia, Andalucía y Madrid que puedan acceder a ella tendrán un ahorro anual de 960 euros. La principal disimilitud entre las medidas adoptadas por la comunidad andaluza y las emprendidas en Madrid es que en la capital no mantiene las subvenciones durante el segundo año. De modo que Isabel Díaz Ayuso pasa a ahorrarse las bonificaciones que permitían a los que estaban en el segundo ejercicio reducir las suyas a 60 mensuales. Hasta 2021, estas ayudas de segundo año requirieron una inversión de 52 millones de euros y llegaron a 47.810 autónomos, según los datos del Portal de Transparencia.

Requisitos para solicitar la 'cuota cero' en Andalucía

Entre los requisitos para solicitarla figuran no tener cuentas pendientes con Hacienda ni la Seguridad Social, no haber estado dado de alta como autónomo en los dos últimos años y no ser autónomo colaborador. La gestión podrá hacerse a través de la web de la Seguridad Social o presencial. Para la gestión, los interesados podrán dirigirse a los Puntos de Atención al Emprendedor que permiten realizar telemáticamente, a través del Documento Único Electrónico, los trámites de constitución y puesta en marcha de la actividad como persona autónoma. El interesado deberá identificarse mediante el certificado digital, cl@ve pin o cl@ve permanente, o vía SMS.

Una vez dentro, se deberá elegir el servicio 'Alta en trabajo autónomo' y seleccionar que es un alta inicial. Por otro lado, se deberá adjuntar un número de cuenta bancaria para domiciliar las cuotas, el número de la Seguridad Social, los datos fiscales y el Código del Impuesto de Actividades Económicas de la Agencia Tributaria, la fecha de alta en la actividad y las bases de cotización en las que quiere cotizar.

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