Prestación por desempleo

Me han denegado el paro: ¿cómo puedo reclamar al SEPE?

El interesado puede presentar una reclamación ante el SEPE en un plazo de treinta días desde que recibió la denegación para recibir la prestación por desempleo. El proceso para ello conlleva presentar por escrito la reclamación e incluir la razón de la impugnación.

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¿Cómo reclamar si me han denegado la solicitud del paro?
Eduardo Parra / Europa Press

Si un trabajador se queda sin empleo puede recurrir al paro si cumple ciertas condiciones. Es una prestación contributiva para la que se exige haber cotizado a la Seguridad Social durante al menos un año -360 días- en los seis años previos a la solicitud del paro. Además, para solicitar el denominado paro, la persona deberá estar en situación legal de desempleo, estar disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada. Una vez emitida la solicitud, el SEPE puede aprobar o denegar la prestación. En caso de recibir la negativa, es posible emitir una reclamación.

Son los requisitos básicos para poder acceder al paro, que durará según el periodo de cotización que justifique cada trabajador. En concreto, el periodo máximo son dos años, para quienes hayan cotizado durante más de 6 años -2.160 días- y se irá disminuyendo a medida que se haya cotizado durante un periodo menor. El paro durará como mínimo cuatro meses –120 días- para quienes tengan cotizados hasta un año y medio. Por su parte, el importe que se cobrará durante el periodo que corresponda dependerá de la base reguladora.

Quienes cumplan los requisitos anteriores podrán solicitar el paro a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), organismo responsable del sistema de protección por desempleo. En concreto, la solicitud se podrá realizar a través de la sede electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones –con cita previa o por teléfono-, en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.

Plazo para reclamar el paro

En caso de que la solicitud sea denegada, el solicitante puede reclamarlo. En concreto, dispone de 30 días desde que recibió la notificación si fue expresa. Pero si pasado tres meses desde la solicitud, el trabajador no recibe ninguna notificación, se entiende que ha sido "denegada por silencio administrativo". En ese caso, los 30 días de plazo para reclamar empiezan a contar a partir de los tres meses de silencio. 

Esta reclamación se deberá presentar por escrito e incluirá el nombre y apellidos del interesado, su identificación personal, la dirección a efectos de notificaciones, el acto que recurre y la razón de su impugnación. Junto a este documento se puede añadir documentación que puede resultar necesaria para que justificar la reclamación del trabajador. 

Una vez presentada la reclamación, el SEPE debe contestar antes de un plazo de 45 días. De nuevo, si no se obtiene respuesta transcurrido este plazo, se entenderá desestimada la reclamación por silencio administrativo. Pero el trabajador tiene una opción más si continúa en desacuerdo. Puede interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social. Tiene un plazo de treinta días a contar desde el día en que se entienda denegada su reclamación por silencio administrativo.

Comprobar estado de la solicitud del paro

La resolución para la solicitud del paro se conocerá en un plazo de los 15 días desde la fecha de la solicitud y el SEPE deberá notificarla en el plazo de los 10 días a partir de la fecha en que se dictó. En concreto, explica que una vez sea resuelta la solicitud de prestaciones, el trabajador "recibirá en su domicilio o en el que nos haya facilitado para las notificaciones, la resolución del SEPE comunicándole si su solicitud ha sido aprobada o denegada, indicándole los motivos en este último caso".

No obstante, existen otras formas para que el trabajador sepa si su solicitud ha sido aprobada. Podrá comprobar el estado de tramitación de su expediente en la página web del propio SEPE, para lo que deberá disponer de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve. Este trámite también está disponible a través del servicio de atención telefónica a la ciudadanía o en la oficina de prestaciones en la que se presentó la solicitud -será necesario pedir cita previa por teléfono o en la página web-.

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