Intereses de demora

¿Qué pasa si presento la Declaración de la Renta 2019 fuera de plazo?

No presentar la declaración de la renta en el plazo establecido por la Administración tiene sus consecuencias. 

Una calculadora y billetes de euro.
¿Qué pasa si presento la Declaración de la Renta 2019 fuera de plazo?
Imagen de Alexander Stein en Pixabay.

Esta semana ha acabado el plazo para presentar la declaración de la renta de 2019. A pesar de la extraordinaria situación provocada por la Covid-19, la Agencia Tributaria decidió mantener las fechas previstas en la Campaña de la Renta de 2019 para que las devoluciones llegasen cuanto antes a los contribuyentes. 

Aunque las oficinas de la AEAT no abrieron hasta principios de junio, los ciudadanos podían solicitar cita previa a través de la página web o en la app para que un gestor le ayudase en una de las oficinas de manera presencial o  la AEAT confeccionase la declaración de la renta. Así, todos aquellos que lograron concertar una cita antes del día límite, 29 de junio, no tendrán ninguna penalización.

Aquellos que sean despistados con las fechas pueden llevarse un susto, no presentar en el plazo establecido tiene sus consecuencias, pero sí pueden realizar el trámite una vez cumplido el periodo de la campaña. Ahora bien, tienen que asumir unos intereses de demora o recargos, según cuál sea el resultado y el tiempo transcurrido entre la presentación y a las fechas fijadas por la Administración.

¿Cómo hacer la declaración fuera de plazo?

Para hacer el trámite cuando se haya cumplido el periodo, contacta con la Agencia Tributaria en el caso de que tengas alguna duda para realizarlo. Si no, puedes prestar la declaración como si estuvieras dentro del plazo accediendo al programa de ayuda Renta Web.

Si sale a devolver

Si la declaración sale a devolver la multa por no presentarla a tiempo es de 100 euros siempre y cuando la Agencia Tributaria no haya tenido que interferir. La cantidad aumenta si el resultado de la Renta es a pagar, ya que se debe añadir un recargo en función del tiempo que se tarde en presentar.

Si sale a pagar

En caso de que no hayas recibido aún ninguna notificación de la Agencia Tributaria y la presentación se realiza hasta tres meses después del término de la campaña, el recargo será del 5 %. Este porcentaje se cifra en el 10 % en el caso de que pasen entre tres meses y seis. 

Si se tarda más de medio año en tramitar la presentación el porcentaje ascenderá hasta el 15 %, y al 20 %, si la demora supone un año o más. Aunque, hay que tener en cuenta que existen reducciones en función de la celeridad con la que se realicen los pagos.

Mostrar comentarios