Cuota mensual de 50 euros

Los requisitos que debes cumplir para solicitar la tarifa plana de autónomos

La cuota mensual que pueden pagar los trabajadores por cuenta propia que hayan pedido la tarifa plana es de 50 euros mensuales. Todos los nuevos autónomos se pueden beneficiar sin importar la edad.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Freepik.

Como medida para impulsar el emprendimiento, la modificación de la Ley de Autónomos, aprobada en octubre del 2017, extendió el periodo de la tarifa plana, ampliando sus efectos en las cuotas que deben pagar todos los meses quienes lo realicen hasta un año. Así, los autónomos verán que los pagos mensuales a la Seguridad Social se reducen significativamente al principio de su etapa como autoempleados.

La cuota mensual que pueden pagar los trabajadores por cuenta propia que hayan pedido la tarifa plana es de 50 euros mensuales. Todos los nuevos autónomos se pueden beneficiar de este incentivo después de que el Gobierno eliminara la edad máxima de 30 años en la Ley 14/2013. Para solicitarla, hace falta darse de alta censal en la Agencia Tributaria con el modelo 036, una versión sencilla del 037 para personas físicas, además de presentar el modelo 840 para darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) aunque después no haga falta declararlo si se factura menos de un millón de euros.

Condiciones

También es necesario tramitar el alta y la afiliación en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ante la tesorería General de Seguridad Social, para lo que hace falta presentar el modelo TA0521 junto al DNI, la tarjeta de afiliación de la Seguridad Social si se ha trabajado por cuenta ajena y las altas en el censo de profesionales y en el Impuesto de Actividades económicas.

Para pedir la tarifa plana, hay una serie de requisitos: no haber estado de alta como autónomo en los dos años anteriores (tres si se recibió alguna bonificación) ni ser autónomo colaborador, administrador de una sociedad mercantil ni miembro religioso de la Iglesia Católica. Cabe destacar que tanto las cooperativas de trabajo asociado como los autónomos con trabajadores contratados pueden optar a la tarifa plana. Además, los autónomos con pluriactividad entre trabajos por cuenta propia y ajena deben elegir entre la tarifa plana y las bonificaciones del 50% de la cuota de autónomos que estipula la ley de Emprendedores.

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