Hasta seis tramos de IRPF

Esto es todo lo que debes mirar en la nómina para no pagar más en la Renta

Una fórmula muy sencilla para evitar disgustos, y posibles multas, en la declaración del IRPF es revisar un apartado concreto del pago que nos hace nuestra empresa por el trabajo desempeñado.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Freepik.

A la hora de hacer la declaración de la Renta existen muchas deducciones y rebajas que pueden proporcionarnos un mejor resultado. Por ejemplo, si en estos meses han realizado una donación por la situación de Ucrania a una ONG, es posible que puedan beneficiarte de algunas reducciones al declararlo en el borrador. Pero no es la única opción, dentro del hogar también hay algunas como el arrendamiento de la vivienda habitual, las inversiones en dispositivos domésticos que ayuden al ahorro del agua o incluso los planes de pensiones, que este ali tendrán un máximo de 1.500 euros.

Además de todas las opciones mencionadas, también cabe destacar que los trabajadores cuentan con un mecanismo para adelantar a Hacienda una parte del pago correspondiente. En concreto, hablamos de las retenciones del IRPF, un porcentaje que solemos fijar en nuestra nómina y que la empresa aparta cada mes. Con tan solo revisar la casilla correspondiente, el contribuyente puede solventar posibles errores, añadir información adicional y evitar multas, que en muchos casos son cuantiosas.

Fijar el mejor porcentaje

Las retenciones del IRPF en nuestra nómina se tratan de un adelanto mensual que hacen los trabajadores al fisco a través de la empresa que les contrata. Por eso, es importante tenerlo actualizado incluso antes del inicio de la campaña fiscal. El porcentaje más adecuado puede variar dependiendo de la persona y sus circunstancias personales. En 2022 existen hasta seis tramos de referencia en el IRPF.

  • Hasta 12.450 euros: 19%
  • De 12.450 euros hasta 20.200 euros: 24%
  • De 20.200 euros hasta 35.200 euros: 30%
  • De 35.200 euros hasta 60.000 euros: 37%
  • De 60.000 euros hasta 300.000 euros: 45%
  • De rentas superiores a 300.000 euros: 47%

La clave para evitar que el borrador nos salga a pagar, es por lo general establecer un porcentaje de retención adecuado a nuestra situación económica. Claro que, ¿cuál es el correcto? Podemos averiguarlo de dos maneras. 

En primer lugar, dejar que la empresa lo calcule en base a tu información personal de la que disponen e indique el tramo correspondiente. Y en segundo, calcularlo por tu cuenta mediante el simulador disponible en la Agencia Tributaria. Para ello solo tendrás que indicar los datos solicitados. En caso de que difiera del que ha indicado tu compañía, tendrás que pedir a Recursos Humanos que lo cambien. En caso de no cambiarlo, también es posible mantener la cantidad y preparar el dinero que nos reclamará Hacienda.

Algunos aspectos como las cargas familiares, los matrimonios o estar soltero pueden contribuir a tener un porcentaje diferente. En caso de tener otro empleo a tiempo parcial en ese mismo año fiscal, también será importante ajustarlo para no pagar más de la cuenta. Y en caso de cambiar de trabajo, es crucial dejar claro desde el principio el porcentaje adecuado.

¿Cuánto te va a retener Hacienda?:


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