Más de un inmueble

Cómo debes indicar la segunda vivienda en la declaración de la Renta 2021

Aquellos que tengan otra residencia en la playa o en la montaña, deben tener en cuenta que este tipo de propiedades no están exentas de declararse en el borrador del IRPF.

Edificio con piscina.
Edificio con piscina.
Imagen de jcomp.

Cuando realizamos la declaración de la Renta, debemos tener en cuenta que hay algunas casillas clave que no debemos olvidar señalar, puesto que de lo contrario, podríamos enfrentarnos a posibles multas. Desde el pasado 6 de abril, todos los contribuyentes que cumplan con los requisitos, haber ingresado más de 22.000 euros brutos anuales con un solo pagador o 14.000 euros con dos o más pagadores, estarán obligados a realizar el borrador.

Este año, el plazo establecido por Hacienda para ponerse al día con el fisco finalizará el 30 de junio. Asimismo, desde el próximo 5 de mayo y hasta el 30 de junio la declaración del IRPF se podrá presentar también por teléfono, y entre el 1 y el 30 de junio, coincidiendo con el periodo ordinario de la Campaña, los contribuyentes podrán presentar su declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria. Con resultado a ingresar y con domiciliación bancaria, el plazo concluye el 27 de junio.

Más allá de señalar en el borrador los datos relacionados con el sueldo, los gastos de educación o las donaciones que hemos realizado a asociaciones y organizaciones benéficas, también es necesario incluir las segundas residencias. De hecho, la Agencia Tributaria suele revisar este tipo de datos para detectar o evitar posibles fraudes por parte de los contribuyentes.

Uso personal o en alquiler

Si bien Hacienda considera que los ciudadanos que disponen de una segunda vivienda en propiedad tienen un plus de capacidad económica y contributiva y, por tanto, deben declararla en el IRPF, también abre la posibilidad de acceder a desgravaciones especiales por ello. 

Este tipo de inmuebles serán considerados como tal cuando no residamos habitualmente en ellos, pero sean de nuestra propiedad. En muchos casos, hay que destacar que pueden ser viviendas vacacionales y temporales o se usan con finalidad lucrativa, es decir, para alquiler. En este segundo caso, habría que declararlo como rendimientos de capital inmobiliario y tributará en la base imponible general junto a los rendimientos de trabajo o actividades económicas. En estos casos es posible deducir tanto gastos de financiación o conservación del inmueble como tributos y recargos no estatales.

Cuando se trata de un uso personal, a este tipo de propiedades tributará también como renta inmobiliaria, a pesar de que no obtengamos un beneficio, señalan desde Gilmar. Por ello, se le aplicará entre un 2% sobre el valor catastral del inmueble, según lo que indique el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Las viviendas cuyo valor catastral fuera revisado antes del 1 de enero de 1994 tendrán un 1,1%. Para inmuebles que carezcan de valor catastral se hallará el 1,1% del 50% del valor del inmueble, a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio.

Dentro de la Renta, será necesario indicarlo en la casilla 'Imputación de renta inmobiliaria' y en el apartado 'Bienes inmuebles no afectos a actividades económicas', el contribuyente tendrá que indicar el número de viviendas en propiedad y el uso que se hace de las mismas.

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