Diferentes grados

Qué valora el médico para que alguien pueda cobrar la pensión por incapacidad

El proceso consiste en una serie de preguntas, un examen físico y en la aportación del solicitante de los informes que considere necesario para acreditar su condición para definir la afectación del trabajador.

Así son las enfermedades comunes por especialidad médica de la pensión por incapacidad.
Tribunal médico.
©️[ngampolthongsai] a través de Canva.com.

Cuando un trabajador quiere solicitar una pensión cubierta por un estado de incapacidad, debe someterse a un proceso de evaluación dirigido por  un Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), conocido también como el 'tribunal médico' (que tiene su contraparte catalana en el SGAM). A partir de esta revisión de las capacidades y limitaciones del interesado se emitirá un informe preceptivo y no vinculante sobre si tiene derecho a recibir la ayuda que pide. Esto quiere decir que esta opinión no será definitiva si la Seguridad Social considera lo contrario, pero es un requisito absolutamente necesario.

El proceso en sí consiste en una serie de preguntas, un examen físico y en la aportación del solicitante de los informes que considere necesario para acreditar su condición. El fin del mismo es definir la afectación específica del trabajador y si esta limita su capacidad de llevar a cabo una actividad laboral, aunque también puede cubrir la aptitud para realizar tareas básicas del día a día. 

Recuperable o permanente

Así, una de los temas más relevantes para esta evaluación es descubrir si existe la posibilidad de la recuperación del paciente o de la corrección de sus males, ya sea a través del tiempo o siguiendo un tratamiento específico, o si, por el contrario, se trata de algo permanente dentro de lo previsible.

Si el tribunal médico concede la condición de incapacidad , debe decidir en qué grado se presenta, sea parcial, total, total cualificada, absoluta o gran invalidez, lo cual afectaría la categoría de la pensión concedida. En este sentido, la evaluación no responde a la existencia ni al tipo de enfermedad o lesión en sí, sino al efecto que tiene sobre la capacidad que tiene el solicitante de desarrollarse en el mercado laboral, desde el trabajo que suele hacer hasta otros a los que podría dedicarse. Tras el informe emitido por el tribunal médico, el INSS dictaminará una resolución que suele seguir el mismo, aunque se han dado casos en los que deciden conceder la incapacidad sin tener el visto bueno del tribunal.

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