Nuevo auto

El Supremo rechaza el recurso de Correos contra la multa por el cártel de paquetería

El Alto Tribunal tumba el último intento por evitar esta sanción, la más relevante de la resolución del regulador. Sí que admitió en los últimos meses las reclamaciones de otras compañías.

Moto correos granada
El Supremo rechaza el recurso de Correos contra la multa por el cártel de paquetería.
Europa Press - CORREOS

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación interpuesto por Correos con el que buscaba tumbar la resolución de la CNMC que le multó con más de 19 millones de euros por el llamado 'cártel de la mensajería'. Los magistrados confirman la sentencia de la Audiencia Nacional que daban la razón al regulador en esta decisión. Entienden que no hay interés para analizar en última instancia este caso, como sí lo había en las exigencias planteadas por otras empresas señaladas como Tourline o UPS. De esta forma, se confirma la primera sanción de este procedimiento que arrancó hace ahora seis años.

En marzo de 2018, la CNMC imponía multas a una decena de compañías de mensajería y paquetería empresarial, entre las que estaban además de la empresa pública otras como UPS, TNT, GLS, Tourline, Redyser o Fedex. A Correos Express se le exigía 19,6 millones de euros por tres infracciones en materia de competencia. La compañía abrió, al igual que otras de las firmas, la vía judicial en la Audiencia Nacional. La Sala de lo Contencioso rechazó este y el resto de recursos. El último paso era el Supremo y esa puerta ahora también se ha cerrado.

En el auto de inadmisión, consultado por La Información, los jueces del Supremo defienden que no existe interés casacional para abordar el caso. Aunque en realidad existen cuatro multas, el Supremo hace referencia a tres: una por el "pacto de no agresión" con GLS de 12,4 millones; otra de 2,6 millones por el acuerdo con Redyser y otros 2,6 millones por el de MBE. Hay un cuarto acuerdo con ICS (International Courier Solutions) que sumaba 1,8 millones. En primera instancia, la Audiencia rechazó las diferentes alegaciones, desde la caducidad denunciada a la existencia de una "restricción accesoria, objetivamente necesaria y debidamente proporcionada".

Correos volvió a defender ante el Supremo que esos pactos de no competencia restringían la pugna, pero eran "necesarios para la subsistencia de las alianzas comerciales". Entienden que tenían una "motivación económica lícita y no colusiva y su efecto fue reducido", apunta el auto. También argumentaba que estos pactos mejoraban la oferta comercial de los clientes finales. Para conseguir que el Alto Tribunal se pronuncie hay que convencerlo de que existe interés objetivo para la formación de una jurisprudencia específica. Y en este caso no se ha logrado.

Los magistrados rechazan la argumentación realizada para demostrar que la resolución afecta a un gran número de situaciones. Tampoco acogen su posición en relación con una supuesta contradicción. Los magistrados insisten en que sólo se ha reflejado que Correos no está de acuerdo con la valoración de los hechos realizada tanto por la CNMC como por la Audiencia Nacional, particularmente en cuanto a la consideración de la conducta como una restricción accesoria. Pero eso no es suficiente para analizarlo.

De esta forma, se cierra definitivamente la puerta a la vía judicial y Correos deberá afrontar el pago de la sanción. Tal y como queda reflejado en sus cuentas anuales consultadas, en el mismo año 2018 se logró la suspensión cautelar del pago. En un primer momento provisionó 9,8 millones de euros. Sin embargo, tras la derrota en la Audiencia Nacional optó por provisionar la cantidad restante hasta alcanzar el total de la sanción. Es decir, puso sobre la mesa otros 9,8 millones. Esto significa que esta confirmación no afecta a sus cuentas, pues ya estaba incluida en esa 'reserva'.

Otros frentes abiertos

La conclusión a la que se ha llegado en el recurso de Correos no es la misma que la adoptada en otros presentados por grupos también sancionados por la CNMC en el mismo caso. Por ejemplo, en julio admitió a trámite el presentado por MBE -que recibió una multa de algo menos de un millón de euros- para analizar cuáles son las condiciones para la aplicación de la exención relativa a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas. En mayo de ese mismo año se abrió la puerta del Alto Tribunal a Tourline por la misma razón. Por último en enero de 2024, se admitió el procedimiento iniciado por United Parcel Services (UPS), que recibió la segunda multa más relevante (19,2 millones). El trasfondo es idéntico.

Esta decisión de la CNMC de sancionar a estas diez compañías por un total de 68 millones representa uno de los castigos relevantes planteados en la última década por la constitución de un 'cártel'. En esta ocasión, se trataba de la existencia de esos pactos de no agresión. "Pactaron no hacer ofertas comerciales a ninguno de los clientes empresariales de sus competidores", apuntan. Impidieron que sus clientes accedieran a ofertas de otros operadores "y eso aumentó el coste de los servicios".

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