Expediente a Vodafone, Telefónica y Orange por no dar datos de sus abonados

  • A una plataforma que emplean los servicios de emergencia, los operadores que elaboran guías telefónicas y los que prestan servicios de consulta.
Orange no ve viable para el futuro la posición dominante de Telefónica en la televisión de pago
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EUROPA PRESS

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia), presidida por José María Marín Quemada, ha acordado incoar cinco expedientes sancionadores a Telefónica, Vodafone, Vodafone Ono, Orange y Xfera, respectivamente, por posibles incumplimientos de sus obligaciones de suministro de datos de sus abonados a través del SGDA, el sistema de gestión de los datos de los abonados que gestiona la CNMC.

SGDA es una plataforma informática que emplean, entre otros, los servicios de emergencia, los operadores que elaboran guías telefónicas y los que prestan servicios de consulta telefónica sobre números de abonados, para disponer de los datos actualizados de los clientes de los operadores.

Por ejemplo, la usan servicios de ayuda y emergencia como el 112 (emergencias), 061 (urgencias sanitarias), 062 (guardia civil), 080 (servicios locales de bomberos), 085 (servicios provinciales de bomberos), 088 (policías autonómicas), 091 (policía nacional) y 092 (policías locales). 

Las entidades que quieran acceder a los datos de los abonados de 'telecos' como Telefónica, Orange y Vodafone deben solicitarlo a la CNMC y empezar a prestar el servicio en un plazo máximo de 6 meses. Además, únicamente podrán usar los datos para el servicio por el cual se les ha habilitado y deberán respetar la normativa vigente en materia de protección de datos personales, cuya salvaguardia corresponde a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Todos los operadores que empleen numeración contenida en el Plan Nacional de Numeración deben proporcionar los datos actualizados de sus abonados al SGDA, cosa que no habrían hecho ni Telefónica ni Vodafone ni Orange. Esto incluye a clientes de telefonía fija, telefonía móvil, números de tarificación especial, etc. 

No obstante, la incoación de estos procedimientos no prejuzga el resultado final de la investigación. Se ha abierto, a partir del acuerdo de incoación, un periodo máximo de 12 meses para la instrucción y resolución de los expedientes por la CNMC.

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