En concreto, el alto tribunal madrileño ha reconocido la "correcta" contabilización como activo financiero del saldo de compensación regulado en el Convenio AP-7 efectuada por la compañía desde la entrada en vigor del Convenio en 2006.
La sentencia advierte que contra la misma cabe recurso de casación, debiéndose justificar el interés casacional objetivo, según ha informado este martes la compañía a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
La compañía no tiene previsto variar su criterio de prudencia contable sobre el tratamiento del Convenio AP-7 a la espera de concluir todos los procesos judiciales abiertos.
Las acciones de Abertis subían un 3% pasadas las 10.00 horas, hasta los 14,9 euros.
((HABRA AMPLIACION))
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