Después de un año 

La Audiencia devuelve a Bilbao parte de la querella de Iberdrola contra Del Olmo 

Los magistrados de la Sección Tercera confirman el archivo dictado por el juez Manuel García Castellón para el exdirectivo pero revocan parcialmente una de las decisiones contenidas en ese mismo auto.

Iberdrola sede
La Audiencia devuelve a Bilbao parte de la querella de Iberdrola contra Del Olmo. 
Europa Press

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha corregido al juez del 'caso Villarejo' y le ha ordenado enviar a los Juzgados de Bilbao la ampliación de la querella presentada por Iberdrola contra su exdirector de Control de Funciones Corporativas José Antonio del Olmo por los delitos de revelación de secretos y revelación de datos reservados de persona jurídica.

En un auto de este jueves, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados de la Sección Tercera confirman el archivo dictado por el juez Manuel García Castellón para el exdirectivo pero revocan parcialmente una de las decisiones contenidas en ese mismo auto. En concreto, la inadmisión a trámite de la ampliación de la citada querella interpuesta por la energética.

Fue el pasado mes de julio cuando el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 acordó el sobreseimiento para Del Olmo por prescripción de la responsabilidad penal que Iberdrola le imputaba en la querella presentada ante los Juzgados de Bilbao y que fue posteriormente acumulada a esta pieza separada de 'Tándem'.

La energética se querelló contra su antiguo directivo por el informe elaborado por Del Olmo en diciembre de 2004 donde reflejaría presuntas irregularidades y dejaría constancia de varias facturas, incluida una emitida por CENYT, el grupo empresarial de Villarejo. La compañía sostenía que se trataba de un 'dossier' falso y posteriormente, en su ampliación, también acusó a Del Olmo de obtener y difundir documentación interna.

Ese mismo mes de julio el magistrado rechazó admitir la ampliación de la querella presentada por Iberdrola explicando que era "improcedente al resultar atípicas las infracciones denunciadas sobre la base de una interpretación conforme" a la directiva 'whistleblower' "y, además, estar prescritas las infracciones denunciadas" en la querella.

En esa resolución el magistrado afirmaba que no era "posible conocer si el señor Del Olmo pudo haber estado detrás de las noticias que se señalan en la querella, pues quienes las redactaron están en su derecho a no revelar sus fuentes". "En definitiva, puede concluirse que no existen indicios, más allá de la vaga sospecha que permitan imputar al señor Del Olmo revelaciones o cesiones de datos reservados de Iberdrola en medios de comunicación social", arguyó.

Además, García Castellón justificó el archivo explicando que el delito de falsedad en documento privado que Iberdrola imputaba a Del Olmo "en la querella inicial estaría prescrito, y lo estaba desde la interposición de la querella ante los Juzgados de Bilbao" a principios de 2020.

Corrige al juez del caso Villarejo 

Ahora, la Sala insta al instructor de la macrocausa 'Tándem' a que "se remita testimonio del escrito de ampliación de querella al Juzgado de Instrucción Decano de los competentes objetiva y territorialmente", y que serían los de Bilbao, "para conocer de los atribuidos al querellado y supuestamente acaecidos en el año 2019".

Los magistrados consideran que el juez García Castellón "no puede entrar a valorar el sobreseimiento acordado en el auto apelado respecto de los hechos de 2019 objeto de la ampliación de la querella por falta de competencia objetiva" de la Audiencia Nacional.

Y es que según el criterio de la Sala resulta "cuestionable la competencia del Juzgado Central de Instrucción para conocer de unos hechos, supuestamente acaecidos en el año 2004, atribuidos a José Antonio del Olmo Ruiz, que serían muy anteriores y totalmente ajenos al supuesto delito de cohecho investigado" en esta pieza del 'caso Villarejo'.

La Sala concluye asegurando que "no resulta posible apreciar en este caso la conexidad, analogía o relación entre delitos a que se refiere, para permitir su investigación y enjuiciamiento en una misma causa". "Ni existen razones legales para atribuir la competencia para la investigación de estos hechos al Juzgado Central de Instrucción", añade.

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