El abogado de la familia de los fusilados que serán exhumados aplaude el "precedente cargado de humanidad"

EUROPA PRESS

Eduardo Ranz, abogado de los familiares de dos fusilados durante la Guerra Civil y cuyos cuerpos serán exhumados del Valle de los Caídos tras la autorización de un juzgado de San Lorenzo de El Escorial, ha reconocido que se trata de un auto "precedente cargado de Justicia y Humanidad" tras más de una lucha de "tres generaciones" pidiendo recuperar los restos mortales de los mismos.

En concreto ha sido José Manuel Delgado Seoane, magistrado del Juzgado de primera instancia número 2 de San Lorenzo de El Escorial, el que ha ordenado esta primera exhumación de Manuel y Antonio Ramiro Lapeña Altabás, fusilados en Calatayud en 1936 y posteriormente trasladados al Valle de los Caídos.

"Hasta el día de hoy había dos cuerpos identificados de 33.000 en el Valle de los Caídos. A partir de hoy son cuatro: (Francisco) Franco, José Antonio (Primo de Rivera) y los hermanos Lapeña. Con ello, el auto del juzgado autoriza a que se den todas las acciones necesarias por parte de Patrimonio Nacional para la entrega de restos", precisa Ranz en declaraciones a Europa Press Televisión.

Así el letrado explica que se trata de un "precedente cargado de Justicia y humanidad" donde se solicita "lo obvio" que es "el derecho de cualquier familiar de entregar a su abuelo o a su tío donde considere oportuno", dice en referencia a Purificación Seoane, quien presentó la petición sobre su abuelo y tío abuelo Manuel y Antonio, respectivamente.

El magistrado acuerda que se inscriba en un registro público que Manuel Lapeña, fundador de la CNT de Calatayud, desaparecido el 27 de julio de 1936 y con acta de defunción del 14 de agosto de ese año, fue fusilado por las autoridades en el barranco de La Bartolina y enterrado en una fosa común, y que su hermano, Antonio Ramiro, se entregó en octubre de 1936 y fue fusilado ese mismo mes.

Ranz ha matizado que el litigio comenzó el 20 de noviembre de 2012, fecha en la que iniciaron la denuncia en dicho juzgado y la cual no fue admitida porque consideraron que no se podía enjuiciar al culpable. Así pues la recurrieron a la Audiencia Provincial de Madrid, al Tribunal Constitucional y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. "Todo se inadmite porque se considera que no se puede enjuiciar al culpable", precisa.

PROCEDIMIENTO POR LA VÍA CIVIL

Por ello, presentaron el 20 de noviembre de 2014 un procedimiento en vía civil con el cual ni se demandaba ni se denunciaba a nadie. La demanda fue admitida y contó con un informe favorable de la Fiscalía si bien solicitó tener en cuenta las "dificultades" y la "insuficiencia de datos" que permitan constatar con "certeza" el lugar de enterramientos de las víctimas puesto que los 81 cuerpos trasladados desde Calatayud eran de individuos desconocidos.

Sin embargo, el juez, consideró verosímil el testimonio de la familia y apuntó que solo se procederá a la entrega de restos cadavéricos una vez identificados por medio de la prueba de los indicadores de ADN. "La certeza es a través del ADN pero para ello hay que extraer los restos y cotejarlos. Antes de eso hay que hacer una mesa de trabajo entre Patrimonio Nacional y los forenses y arqueólogos", añade el letrado.

Ranz ha agregado que hay más de 30.000 cuerpos en el Valle de los Caídos agrupados en cuatro niveles o pisos y que, según los científicos, hay dos niveles a los cuáles es "imposible" acceder y otros dos que sí. "Estamos hablando del nivel 3 y ese es de los posibles. Dentro de cada nivel están agrupados en columbarios, que son como nichos. El trabajo sería sobre esos cuerpos, que todos son de Calatayud, porque el criterio de agrupación es por lugar de procedencia; sería hacer el ADN de esos siete u ocho cuerpos y determinar la certeza de la identidad de los hermanos Lapeña", ha agregado.

LOS FAMILIARES PUEDEN "CERRAR UNA HERIDA"

Así ha agregado que la familia ha recibido la noticia del auto "después de una lucha de casi tres generaciones" y con la cual van a poder "cerrar una herida" ya que "parece que se visibiliza el final". El auto, que es firme, valora el criterio del Tribunal Supremo, la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la jurisdicción civil para defender que los familiares de las víctimas tienen derecho a pedir su identificación, regularizar su situación y darles una digna sepultura, lo que supone la entrega de los restos cadavéricos.

Purificación Lapeña, que agotó la vía penal, explicaba en su demanda que su abuelo, Manuel Lapeña era veterinario y su tío abuelo, Antonio-Ramiro Lapeña, era herrero cuando desaparecieron en 1936. Fueron fundadores de la CNT en la localidad zaragozana de Villarroya de la Sierra.

Tras ser ejecutados aquel año, los restos mortales de sus familiares fueron trasladados al Valle de los Caídos por orden del Ministerio de Gobernación en 1959. La demandante pidió que se constatara la muerte violenta y se procediera a identificarlos y entregarlos a la familia para que los puedan enterrar donde deseen.

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