Se opone al recurso

La Fiscalía cuestiona la defensa de 'FG' para esquivar la administración desleal

Destaca que el argumento sobre que pidió información registral de una finca que quería adquirir para proteger la reputación del BBVA es "ilógico y arbitrario". También rechaza que los hechos hayan prescrito.

El expresidente del BBVA, Francisco González
El expresidente del BBVA Francisco González
Europa Press

La Fiscalía Anticorrupción mantiene que el expresidente del banco BBVA Francisco González, imputado en la macrocausa ‘Tándem’, debe ser investigado por el presunto delito de administración desleal para aclarar si realmente utilizó los recursos de la entidad para su uso privado. Por ello, se ha opuesto al recurso que la defensa del exbanquero interpuso contra la decisión del juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón a finales del pasado mes de julio de añadir este posible delito al de cohecho y revelación de secretos que se le atribuyen indiciariamente desde noviembre de 2019.

“Es de esperar que siempre para los investigados y sus defensas, o bien no existan los hechos, o bien estos no son delito, o bien, aun siéndolo, faltaría algún requisito, en este caso, la antijuridicidad material”, señalan los fiscales Miguel Serrano y Alejandro Cabaleiro en un escrito con fecha del pasado 29 de julio, al que ha tenido acceso La Información. De este modo, el Ministerio Público cuestiona todas las alegaciones expuestas por González justo el mismo día que se notificó la ampliación de su imputación.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 aceptó la petición de Anticorrupción de investigar, y dar la oportunidad de declarar si así lo estima oportuno, al expresidente de la entidad financiera por este delito al constatar el posible uso de recursos del banco para obtener información registral sobre una finca en El Escorial que González quería adquirir. Este hecho salió a relucir en el interrogatorio de otro de los investigados, el que fuera director de Riesgos de BBVA Antonio Béjar, que indicó que el actual jefe de auditoría interna y otrora 'mano derecha' del expresidente, Joaquín Gortari, le habría dado "instrucciones precisas" para que "los detectives esos" que trabajaban para el banco, en referencia a Cenyt -el entramado empresarial del comisario jubilado José Manuel Villarejo-, investigaran la situación jurídica del propietario de dicha finca.

Para proteger la reputación del banco

Gortari, que acudió a sede judicial como investigado el pasado 15 de julio, precisó que, aunque no era habitual que los empleados del banco solicitaran a la propia entidad obtener ese tipo de información para cuestiones personales, el expresidente de BBVA sí lo hizo para evitar cualquier conflicto de intereses o riesgo reputacional para la empresa, según informaron fuentes jurídicas presentes en la declaración. En este sentido, indicó que únicamente pidió información a Béjar, como responsable del área inmobiliaria, y en interés del banco, pero que nunca exigió un informe al respecto. Cabe recordar que la entidad financiera archivó el expediente que abrió al que fuera 'número dos' de González al no encontrar ninguna irregularidad en esta gestión.

“No supone en ningún caso la comisión de un delito de administración desleal”, sino que “se trataría de una actuación a todas luces esencial para salvaguardar el buen nombre, la reputación y el prestigio de una entidad financiera de primer nivel como es BBVA”, aseguró la defensa de González en el recurso de 17 páginas que presentó nada más conocer la nueva imputación. En dicho escrito, el abogado Jesús Santos criticó que el juez del 'caso Tándem’ asumiera el criterio de los fiscales sin argumentar suficientemente la decisión. Asimismo, aseguró que Anticorrupción no puede acusar a su cliente ni por el delito de administración desleal contemplado actualmente en el Código Penal, ya que no se encontraba vigente en el momento de los hechos, ni por el entonces entonces en vigor, puesto que requiere de la denuncia de un perjudicado que en este caso no existe.

Los argumentos de Anticorrupción

Sin embargo, los fiscales no comparten ni uno de estas alegaciones. Destacan que tanto la declaración del expresidente de BBVA como la de quien fuera su jefe de Gabinete  tuvieron lugar “bajo el estatuto procesal del investigado” -tienen derecho a no decir toda la verdad- y “sin haber sido acompañadas de documento alguno que respalde sus manifestaciones que, por otra parte, resultan incluso contrarias a las propias normas internas de la entidad”. En este sentido, consideran que todas las explicaciones ofrecidas sobre la actuación de González para proteger al banco "resultan ilógicas y arbitrarias”.

Según señala el escrito, Anticorrupción no entiende por qué González no actuó con "luz y taquígrafos" si su intención era no perjudicar al banco que presidía. Asimismo, los fiscales apuntan que la defensa de González "olvida" que el artículo del Código Penal en el que se apoya para afirmar que es necesaria una denuncia para actuar por un delito de administración también señala que dicho requisito no es exigible “cuando la comisión del delito afecte a los intereses generales o a una pluralidad de personas”, como ocurre en el caso de una entidad como BBVA. 

Anticorrupción no entiende por qué Francisco González no actuó con "luz y taquígrafos" si su intención era no perjudicar al banco.

La Fiscalía también rebate al expresidente de la entidad financiera la supuesta falta motivación en el auto de imputación. En esta línea explica que no tiene por qué contestar “cuál sería el recurso social que se dice deslealmente utilizado”, ni “qué perjuicio produce ello”, ni siquiera “de qué finca se trata”, ya que la concreción de los hechos debe hacerse, por parte del juez instructor, en el auto de transformación a procedimiento abreviado -por el que se pone fin a una instrucción y se propone juzgar a los investigados contra los que hay suficientes indicios de delito- y, por parte de las acusaciones, en el escrito de conclusiones provisionales. “Otra interpretación vaciaría de contenido la fase instructora, pues la exigencia y concreción que parece exigir, impediría la necesaria investigación, al delimitar con fuertes corsés el objeto de la instrucción”, añaden los fiscales.

Debate sobre el Código Penal

Entrando en cuestiones más técnicas, además de descartar que la prescripción del delito, los fiscales de 'Tándem' subrayan que el Código Penal vigente en el momento de los hechos sí sancionaba que los “administradores de hecho o de derecho o los socios de cualquier sociedad constituida o en formación” actuaran en beneficio propio o de un tercero “con abuso de las funciones propias de su cargo” y “causando directamente un perjuicio económicamente”. A juicio del Ministerio Público, todos estos requisitos se cumplen indiciariamente en la conducta del expresidente de BBVA al poner a su disposición recursos del banco para “analizar posibles operaciones de interés particular”, ya que, según la propia normativa interna aportada por la propia compañía a la causa, entre las funciones o competencias del presidente “no se encontraba la de hacer uso de los empleados, ni de los recursos de la entidad para un fin tan claramente particular”.

En cualquier caso, los fiscales Serrano y Cabaleiro subrayan que “existen accionistas de la entidad” que han presentado denuncias en las que ponen de manifiesto hechos de una presunta administración desleal al utilizar recursos de la entidad para “espiar” a accionistas del banco, hechos que se investigan en el marco de la novena pieza también conocido ‘caso Villarejo', y que encajan tanto en el antiguo Código Penal como en el actual.

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