Tras la sentencia del Supremo

Las escasas opciones de Griñán para evitar la cárcel: de Urdangarin al indulto

El ingreso en un centro penitenciario no será inmediato y aún tiene la oportunidad de solicitar la suspensión de la condena ante el Tribunal Constitucional, que fija el límite para ello en las penas inferiores a cinco años.

El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán
El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán
Europa Press

El fallo adelantado este martes por el Tribunal Supremo sobre el conocido 'caso ERE', una de las mayores tramas de corrupción en España por el fraude de 680 millones de euros, abre la puerta a que el expresidente de la Junta Andalucía José Antonio Griñán entre en prisión para cumplir seis años por el delito de malversación de caudales públicos. El ingreso en un centro penitenciario no será inmediato y aún tiene la oportunidad de solicitar la suspensión de la condena. Una de las opciones es acudir al Tribunal Constitucional (TC), aunque con pocas posibilidades de que la 'paralización' de la ejecución de la sentencia prospere. Otra es solicitar el indulto al Gobierno, si bien éste depende de varios trámites previos y de la emisión de varios informes preceptivos. 

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dará a conocer en las próximas semanas el texto íntegro de la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo de Porres, que confirma la sentencia que la Audiencia Provincial de Sevilla dictó en noviembre de 2019, por la que condenó a 19 de los 21 acusados. Así una vez sea notificada la resolución del Alto Tribunal a todas las partes personadas en el procedimiento, el tribunal sevillano -como sentenciador en primera instancia- tendrá que citar a los penados para comunicarles el mandamiento de entrar en prisión. Lo habitual es que se les dé unos días para ingresar en el centro penitenciario.

De forma paralela, las defensas podrán comenzar sus estrategias para lograr que la sentencia del Supremo no se ejecute. Así, la primera alternativa es presentar ante el propio Alto Tribunal un incidente de nulidad de la sentencia, que en escasas ocasiones ha tenido éxito. De este modo, se abre la vía para interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y solicitar la medida cautelar de suspensión de la condena mientras los magistrados resuelven el fondo del asunto. No obstante, se da la circunstancia de que el órgano máximo intérprete de la Constitución, que solo admite a trámite recursos si considera que se han podido vulnerar derechos fundamentales, no suele conceder esta petición cuando las penas superan los cinco años de prisión.

La 'frontera' de los cinco años

Aunque la ley no establece un 'tope' concreto para la entrada en prisión, sí lo marca la jurisprudencia del Tribunal Constitucional: "Este tribunal ha optado como una directriz general que la pena se sitúe por encima o por debajo de la frontera de los cinco años de prisión, por ser el límite que ha establecido el propio legislador penal para diferencia las penas graves y las más graves", explica el órgano de garantías en varios autos. Con este criterio accedió a suspender el ingreso en la cárcel de los acusados por el 'asalto' de la librería Blanquerna de Madrid, que fueron penados a cuatro años en prisión, y cuya sentencia tuvo que volverse a dictar por orden del mismo tribunal al considerar que los derechos de los acusados habían sido vulnerados.

También en 2003, el TC aceptó la petición de suspensión de ingreso en prisión a los empresarios Alberto Cortina y Alberto Alcocer (conocidos como 'los Albertos'), que fueron condenados a tres años y cuatro meses por el delito de estafa y falsedad documental por el 'caso Urbanor', en relación a la venta de los terrenos donde se ubican las torres KIO en Madrid. Este tribunal de garantías finalmente anuló la sentencia al entender que los delitos habían prescrito. Sin embargo, el límite temporal es simplemente un factor a valorar, pues se han dado 'excepciones' en los que se ha ordenado la entrada en la cárcel a condenados con penas de prisión inferiores. Así ocurrió, por ejemplo, con el rapero José Miguel Arenas Beltrán, conocido como Valtonyc, condenado a tres años y medio de prisión por enaltecimiento del terrorismo e injurias graves a la Corona y amenazas no condicionales en sus canciones.

Según señalan fuentes del tribunal de garantías consultadas por este diario, antes de decidir sobre el ingreso en prisión de un condenado "se deben analizar todas las circunstancias del caso concreto", como es la gravedad de los hechos o el riesgo de fuga. En este sentido, advierten que hasta el momento solo se conoce el fallo que confirma la condena a seis años de prisión por malversación y 15 años y dos días de inhabilitación absoluta por prevaricación. Aún así admiten que el TC prácticamente siempre rechaza paralizar la ejecución de una condena cuando ésta es superior a cinco años. En esta línea, como precedente reciente de un caso similar al de Griñán se encuentra el de Iñaki Urdangarin, penado a cinco años y 10 meses de cárcel por el 'caso Nóos'. El exduque de Palma solicitó la suspensión de la ejecución de la sentencia del Supremo que se dio a conocer en junio de 2018, si bien unos días después entraba en la prisión de Brieva (Ávila) y el TC comunicaba nueve meses después que rechazaba revisar su condena.

La posibilidad del indulto

Tras conocer el fallo firme del Tribunal Supremo, que cuenta con un voto particular discrepante de dos magistradas que entienden que Griñán y otros condenados debían ser absueltos por el delito de malversación, el abogado del expresidente andaluz ha expresado que tiene la "obligación de valorar y de estudiar todas las vías para evitar que se consolide el criterio" que le parece "manifiestamente injusto". En este sentido, la defensa del exdirigente socialista afirma que el indulto es otra de las "vías" que están encima de la mesa. El Gobierno ha sido preguntado por este punto en la rueda posterior del Consejo de Ministros, que se ha celebrado este martes, cuya portavoz, la ministra Isabel Rodríguez, ha eludido pronunciarse pero que tampoco ha descartado. "Aún no conocemos los argumentos jurídicos de la sentencia", ha señalado, al tiempo que ha pedido "no aventurarse en hipótesis".

La petición al Ejecutivo del indulto puede ser total o parcial, teniendo en cuenta que el delito de prevaricación no conlleva pena de cárcel. La norma que rige la concesión de esta prerrogativa data de 1870 y establece que "pueden solicitar el indulto los penados, sus parientes o cualquiera otra persona en su nombre". Asimismo, indica que el Ministerio de Justicia será quien realice todo el trámite, para el que no se establece un límite de plazo, que consiste en recabar los informes preceptivos, pero no vinculantes, del tribunal sentenciador, de la Fiscalía y del centro penitenciario en el que ingrese. Mientras tanto, Griñán podrá interesar también la suspensión de la condena. Después, el departamento que ahora mismo dirige Pilar Llop deberá elevar el expediente al Consejo de Ministros, que tiene la última palabra en esta decisión que es discrecional.

Por último, fuentes jurídicas consultadas apuntan que existe una cuarta opción para que Griñán pueda eludir la prisión, aunque más bien con miras de futuro. Se trataría de cumplir la pena en un Centro de Inserción Social (CIS), como al que acuden actualmente el expresidente de Bankia Rodrigo Rato o Urdangarin tras acceder al tercer grado o régimen de semilibertad. No obstante, para poder acceder a este sistema antes de cumplir las tres cuartas partes de la condena, el expresidente andaluz tendría que alegar problemas graves de salud y haber reparado el daño ocasionado.

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